La noticia corrió como reguero depólvora por las distintas sedes partidarias: de repente el médico villamercedino, nacido y criado en la cudad de la Calle Angosta, había "desaparecido de los padrones". Eso habría la pretensión de un sector del oficialismo de proscribir su participación cono candidato a Vice Gobernador de la Provincia.
Luego vinieron las diferentes presentaciones y afortunadamente todo pareciera volver a su cauce normal.
Sucede que, más allá de la "curiosa desaparición del padrón", la Constitución de la Provincia de San Luis dispone en su artículo 146 lo siguiente:
Para ser elegido gobernador o vicegobernador se requiere:
1) Ciudadanía por nacimiento en el territorio argentino, o por ser hijo de ciudadano nativo, si ha nacido en país extranjero y optado por la ciudadanía argentina.
2) Tener treinta años de edad a la fecha de su elección.
3) Domicilio real en la Provincia durante los dos años inmediatamente anteriores a la elección, los nacidos en ella; o de cuatro años para los nacidos fuera de su territorio, debiendo estar inscriptos en el padrón electoral de la misma por igual período que el de la residencia. El desempeño de funciones públicas fuera de la Provincia en cumplimiento de representaciones otorgadas por ella o por la Nación, no interrumpe la condición de residente.
4) No ser parientes entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad, y segundo de afinidad.
De la sola lectura del texto constitucional se desprende que la intentona nació trunca, ya que independeintemente de que figure o no en el padrón Saber podrá ser candidato lo mismo.
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