En el Concejo Deliberante se insistió en la denuncia rápida para actúe la Justicia de Flagrancia y se agilice el desalojo del intruso.
Como invitado especial concurrió el fiscal general de Cámaras del Departamento Judicial de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, junto con el secretario de esa dependencia, Ricardo Accinelli.
También, estuvo la defensora del Pueblo adjunta, Mónica Felices, junto a otros representantes de distintas entidades.
Fernández Garello explicó en qué casos se trata de una usurpación y cuándo no. Además, recomendó que apenas se detecta la comisión de este delito, que se denuncie de forma inmediata, a fin de que pueda actuar la Fiscalía de Flagrancia y el proceso se agilice. Asimismo, resaltó que para que exista usurpación un terreno baldío tiene que estar cercado por un alambre u otro cerramiento perimetral.
Por otra parte los representantes del Ministerio Público se refirieron a la mediación penal para resolver estos diferendos antes de judicializar el caso.
Una cuestión preocupante
El concejal Rizzi comenzó refiriéndose a los motivos de la convocatoria. "El tema de la usurpación es una cuestión que preocupa desde hace años a Mar del Plata. Por eso -continuó-, creímos que merecía su tratamiento y por ello convocamos a esta jornada abierta de debate, para que todos los sectores puedan aportar lo suyo".
"También -acotó- queremos dimensionar la magnitud del tema, a fin de lograr coincidencias entre las distintas entidades y, si es posible, elaborar acciones en conjunto".
Y no descartó que "como sucede con otras temáticas, se pueda conformar una mesa de trabajo multisectorial y multidisciplinaria, a fin de darle al tema un tratamiento desde distintos ángulos".
A continuación, Fernández Garello afirmó que "en la Fiscalía General, no tenemos registradas causas penales de grandes organizaciones que se dedican a cometer este tipo de delito. Pero sí hay casos puntuales, en las que un propietario denuncia que alguien se introdujo en su propiedad. De confirmarse, la causa sigue adelante hasta que se produce el desalojo del intruso".
Más adelante, el funcionario destacó: "Cuando hablamos de usurpación, el Derecho Penal le da una interpretación y el grueso de la gente, otra. Incluso, se llega a considerar que el incumplimiento de un contrato de locación puede ser este delito o una turbación de la posesión. No es así".
"Asimismo -continuó-, muchas ocupaciones son ilícitas sin tratarse precisamente de usurpaciones. Puede ser una ilicitud del Derecho Civil".




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