La Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto “Ley Reglamentario del Articulo 11 de la Constitución Provincial”, que regula el derecho de acceso a la Información Pública, como así también a la Información Pública Ambiental, a fin de permitir una mayor participación de todas las personas en los asuntos de interés público estableciendo los procedimientos necesarios para requerir, consultar y recibir información.
De acuerdo al texto de la normativa aprobada hoy por el Senado, la información pública se entiende por información, todo conocimiento que conste o esté contenido en cualquier medio o formato, documento, registro impreso/ óptico/ audiovisual, soporte electrónico, químico, físico o biológico, que haya sido creada u obtenida o que obre en o éste bajo control, o cuya producción haya sido financiada total o parcialmente por el erario público.
En cuanto a la información ambiental se consigna que es toda aquella relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable que conste o este contenido en cualquier medio o formato, documento, registro impreso/ óptico/ audiovisual, soporte electrónico, químico, físico o biológico, que haya sido creada u obtenida por los órganos mencionados en el Artículo 3°, o que obre en su poder o bajo su control, o cuya producción haya sido financiada total o parcialmente por el erario público.
En particular, el estado del ambiente o alguno de sus componentes naturales o culturales, incluidas sus interacciones recíprocas, así como las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos significativamente, las políticas, planes y acciones referidas a la gestión del ambiente.
Comentá la nota