Accionan para que los directivos de la entidad no ejerzan la profesión.
La línea "Nuevo Colegio de Abogados" sumó el recurso de ayer a los planteos presentados anteriormente ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con el fin de que se declare la inconstitucionalidad del pago de la matrícula anual.
Los abogados María Ester Costantino, José Marcelo Rearte y Gustavo Terán Molina expusieron en el recurso de amparo que se encuentran en desventaja profesional respecto de los directivos de la institución que los representa, ya que las autoridades del colegio tienen la facultad de organizar, inducir o presentar ante la Legislatura el juicio político contra los magistrados. Además, advirtieron, el colegio integra el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), organismo responsable de la designación de jueces.
"El colegio siempre fue una entidad señera. Sin embargo, en esta época de importantes ingresos de dinero merced a los bonos profesionales y al cobro de la matrícula, las autoridades consideran que pueden actuar discrecionalmente y administrar esos fondos sin rendir cuentas", justificaron los demandantes en un documento. Además, insistieron en objetar el modelo de conducción impuesto por la actual gestión. "No se llamó nunca a una asamblea para pedir permiso y gastar los fondos en bufets, revistas, viajes, congresos y pagos extravagantes de asesoramiento profesional. Lo más curioso es que el 60% de los ingresos ($ 1,4 millón) se gastó en 2009 en un rubro llamado ’actividades gremiales’", añadieron los letrados disidentes.
En su planteo, recordaron también cuáles son las incompatibilidades que prevé el artículo tercero de la Ley 5.233 (regula el ejercicio de la abogacía). Según esa norma, están inhabilitados para actuar particularmente en la profesión el gobernador y el vice, lo ministros, los secretarios de Estado, los intendentes, el jefe de Policía, el titular de la Caja Popular de Ahorros y hasta el director de Rentas, entre otros funcionarios. También, se aclara, no pueden hacerlo los legisladores (nacionales y provinciales) en litigios con el fisco.
La incompatibilidad, sostuvieron, debe alcanzar a toda la mesa directiva del colegio.
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