Abogados consideran provechoso la reforma del Código Procesal Penal

Abogados consideran provechoso la reforma del Código Procesal Penal

En líneas generales, desde el Colegio y Consejo de Abogados de la provincia coincidieron en la necesidad de las modificaciones impulsadas, aunque señalaron que faltó más debate, participación y conocer los articulados.

Tras haber conseguido media sanción en el Senado, la modificación del Código Procesal Penal fue remitida a la Cámara de Diputados para su tratamiento. La votación se dio 39 a favor y 24 en contra. La iniciativa contiene varias modificaciones respecto del Código que se utiliza actualmente, entre las que se destacan la suspensión del proceso a prueba.

Los senadores ajustaron las facultades que poseía el Ministerio Público Fiscal para distribuir a los fiscales en las diversas causas. Tanto el procurador general como el defensor general de la Nación podrán compensar la distribución de las causas existentes entre las fiscalías y defensorías ante cada Cámara «mediante un sorteo que garantice la distribución equitativa». La investigación preparatoria del fiscal puede tardar hasta un año y concluye con la acusación del imputado. Todo el proceso, incluido el juicio, no puede durar más de tres años. Además, se crean 17 nuevas fiscalías y 1.713 nuevos cargos en las fiscalías y defensorías de todo el país.

Juez puro

El representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la provincia, Amílcar Aguirre, señaló que «el paso del sistema anterior a un sistema acusatorio es un reclamo que viene haciéndose en todo el país, porque en el orden federal teníamos todavía el viejo juez de instrucción que llevaba adelante la investigación y el fiscal era el defensor, ahora el que tiene que investigar va a ser el fiscal, y el juez actuaría, como lo hace el juez de garantías que controla la legalidad de las actuaciones», describió una de las principales modificaciones. «Es un juez imparcial que no investiga, sino que busca la legalidad de las investigaciones y eventualmente indaga y eleva a juicio, realizado por otro órgano judicial que es el Ministerio Público», destacó.

«Esto es un reclamo permanente para que no haya lo que llamamos prejuzgamiento de quien tiene que investigar y meritar la conducta, todos coincidimos en la necesidad de esto», aseveró.

«Lo otro es un debate más amplio de los sistemas procesales vigentes, porque este sistema es uno de los sistemas procesales que están siendo incorporados a nivel país, pero podría haber algunas modificaciones, es muy parecido al que tenemos en el Chaco pero faltan las implementaciones como mayor presupuesto para el Ministerio Público, mayores investigaciones y cambiar esta cultura del juez inquisidor para el magistrado que solamente verifica la legalidad de la investigación», explicó.

«Simplemente lo que se busca es que el juez no se va comprometido en una línea de investigación, si investigo y estoy convencido de una hipótesis investigativa, al momento de resolver un procesamiento voy a continuar con mi razonamiento. Entonces lo más puro en relación del sistema acusatorio es que el juez no intervenga en la investigación, sino que recién lo haga cuando ya fue investigado el caso por un organismo», precisó Aguirre.

No obstante el referente de los letrados provinciales recordó que «no ha habido un debate profundo de esta cuestión, nosotros desde el Colegio de Abogados seguimos esto, pero el lanzamiento de esta modificación procesal fue en el acto de promulgación del nuevo Código Civil y Comercial, es decir hace dos meses, y lo que pedimos es un debate amplio sobre todo para la federalización de la Justicia, porque muchas veces esta aplicación en la provincia, en juzgados que tienen competencia en muchos fueros, por ahí su implementación trae y acarrea muchos inconvenientes», reconoció.

Permanente discusión

Por su parte, el presidente del Consejo de Abogados, José Bistoletti, sostuvo: «Nosotros vemos en líneas generales muy provechosas estas modificaciones que se pretenden incorporar a nivel nacional, acá en la provincia llevamos hace mucho trabajando con ese Código, vemos muy bien en líneas generales la modificación». «Lógicamente tenemos que hacer un estudio en particular fundamentalmente en lo que hace a las atribuciones que puede llegar a tener el Gobierno en cuanto a la designación de los fiscales, sin cumplir con el paso previo del Consejo de la Magistratura», indicó.

Más adelante reconoció que «todo lo concerniente en cuestiones penales está en permanente discusión en la sociedad y lo que se está buscando fundamentalmente es darle una mayor transparencia, y mayor agilidad en el trámite procesal, para que se pueda llegar a juicio a la mayor brevedad posible todos aquellos casos, y tiende a cambiar el proceso en sí del Código».

Asimismo, el referente comentó que «pronunciarme con una posición del Consejo no podría hacerlo porque esto fue reciente, se aprobó anoche (por el miércoles), no conocemos a ciencia cierta cómo fue abordado en el Senado, pero sabemos los anteproyectos que existían. Por lo que destacó: «En principio estamos de acuerdo con la necesidad de la modificación a nivel nacional, después tendremos que repasar artículo por artículo».

» Otros cambios en el codigo

Otras de las modificaciones que se tratan es la posible expulsión del país de los extranjeros que hayan sido encontrados cometiendo un delito en flagrancia.

También incluye, tal como lo establece una ley aprobada hace pocos meses por el Senado, el decomiso a favor del Estado nacional de objetos o ganancias que son fruto o provienen del narcotráfico. Al tiempo que se elimina la «conmoción social» como un agravante para dictar la prisión preventiva del acusado. Tanto el procurador general como el defensor general de la Nación podrán compensar la distribución de las causas existentes entre las fiscalías y defensorías ante cada Cámara «mediante un sorteo que garantice la distribución equitativa».

Otra de las potestades de los fiscales es que podrán decidir cuáles delitos investigar. Sin embargo, el nuevo Código los obliga a investigar las causas contra funcionarios cuando se les atribuyera un delito cometido en el ejercicio de su cargo o episodios de violencia doméstica o discriminación.

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