La Suprema Corte rechazó dos recursos de Camilo Etchevarren, sera indagado por los decretos truchos

La Suprema Corte rechazó dos recursos de Camilo Etchevarren, sera indagado por los decretos truchos

El Jefe Comunal está imputado de los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento público”. Ya en febrero de 2013 la Sala 1era. de Casación había rechazado la pretensión del Jefe Comunal de no ser indagador, recurriendo en dos oportunidades ante la Suprema Corte con sendos recursos, siendo ambos rechazados. El argumento de una presunta situación de “gravedad institucional” fue rechazado en los dos fallos.

En un fallo dictado por la Suprema Corte de Justicia de la provincia el pasado mes de septiembre, se rechazó por “inadmisible” un recurso extraordinario federal interpuesto por la Defensa de Camilo Etchevarren, en la causa en la que está imputado por los “decretos” que aparecen por él firmados cuando precisamente estaba fuera del país. De esta manera quedó habilitada su indagatoria.

Debemos comenzar por decir que teníamos conocimiento de este fallo y de otros anteriores en esta misma causa, y que tratando de buscar una explicación a la nueva catarata de injurias del Intendente contra jueces y funcionarios judiciales de nuestro Departamento Judicial, precisamente aquellos que lo investigaron o investigan en causas penales, decidimos profundizar la búsqueda de esa información. Asimismo porque el Jefe Comunal sostiene que le arman causas penales, que “no hay nada”, entendimos que esta información puede ayudar a poner las cosas “blanco sobre negro”.

Antecedentes del caso:

Recordemos que en abril de 2011 este Diario informaba de los viajes al exterior realizados por el Intendente Etchevarren sin autorización del Concejo Deliberante, y dábamos también a conocer de la existencia de al menos 24 Decretos Municipales que aparecían firmados por el Jefe Comunal cuando precisamente estaba fuera del país.

Que a raíz de esa información publicada, un vecino de nuestra ciudad formuló una denuncia penal para que se investigara esa situación aparentemente tan irregular, formándose así la IPP 1975-11, en la que tras corroborar la investigación que los decretos “truchos” eran muchos más, 116 en total, se imputó a Camilo Etchevarren de los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público (tres hechos) y falsedad ideológica de instrumento público”, citándoselo a indagatoria para el mes de diciembre de ese año, audiencia a la que no se presentó, iniciándose tras ello una serie de pasos procesales con características “llamativas y muy particulares” en algunos casos.

Por ejemplo, tras haber denegado el Juzgado de Garantías un planteo de nulidad al citado llamado a indagatoria por extemporáneo (presentado fuera de término), la Defensa del Jefe Comunal recurrió en “queja” ante la Cámara Penal de Dolores, tribunal que en mayo de 2012 la rechazó, sosteniendo los Jueces que el llamado a indagatoria “no resulta susceptible de apelación y menos aún de la nulidad solicitada”.

Sin embargo un mes y medio después, los mismos jueces volvían extrañamente sobre sus pasos e indicaban, que “sin perjuicio de lo que expresara en la sentencia del pasado mayo” correspondía dictar el sobreseimiento del imputado Etchevarren, resolución que la Fiscalía General a través de una Fiscal Subrogante apeló ante el Tribunal de Casación provincia, considerando que los jueces de la Cámara de Dolores “habían abierto una nueva instancia cuando la cuestión ya había sido resuelta”.

Recurso en Casación

En febrero de 2013 los Jueces de la Sala I del Tribunal de Casación, Dres. Benjamín Sal Llargués y Daniel Carral, dieron la razón a la apelación planteada

El Dr. Carral precisó en su voto, que la fiscalía se agraviaba que los Jueces de la Cámara Penal de Dolores hubieran admitido la presentación de la Defensa de Etchevarren para resolver en sentido opuesto respecto de la decisión que esos mimos jueces antes habían adoptado, planteo que también sostuvo en esta instancia el Fiscal de Casación que intervino en el caso. Y precisó el Magistrado, “ciertamente, los Sres. Camaristas dictaron un pronunciamiento sobre una cuestión ya resuelta y, sobre la cual –aunque parezca una obviedad- ya no tenían jurisdicción”. “Es decir –agrega-, no existía posibilidad de volver sobre el asunto traído por la defensa…, siempre es el superior jerárquico el órgano revisor” resaltó el Juez.

En base a ello ambos Magistrados por unanimidad resolvieron acoger la apelación, quedando en consecuencia habilitado el llamado a indagatoria de Etchevarren.

Recursos ante la Suprema Corte

El abogado que asiste a Etchevarren, el Dr. César Sivo, tras el fallo adverso de Casación decidió recurrir ante la Suprema Corte de Justicia provincial con un “recurso extraordinario de de inaplicabilidad de ley”, siendo el mismo rechazado el pasado mes de marzo.

En ese fallo dictado por unanimidad por los Ministros de la Corte Dres. Juan Carlos Hitters; Luis Genoud; Hilda Kogan y Eduardo de Lázzari, se rechazaron el recurso por “inadmisible”, en razón que los previstos en el Código Procesal Penal “sólo proceden contra las sentencias definitivas, entendiendo como tales a las que terminan la causa o hacen imposible su continuación…” se indicó, precisándose además, que la decisión recurrida sólo “tiene como consecuencia la obligación que el imputado siga sometido a proceso”.

Además resaltaron, “tampoco la defensa alcanza a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión recurrida, a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Corte”.

Y tras el rechazo de ese recurso la Defensa de Etchevarren volvió a insistir ante ese mismo Máximo Tribunal provincial, esta vez con un “recurso extraordinario federal”, sosteniendo “que la Corte había omitido dar tratamiento a un planteo constitucional, a cuyo análisis estaba obligada como órgano superior de la Provincia”.

Sin embargo dicho recurso fue rechazado por unanimidad por los Ministros Luis Genoud, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Daniel Soria.

¿Qué dijeron los Jueces en el fallo?. Algo muy simple: “el recurso federal es inadmisible en tanto la defensa no ha logrado demostrar que la resolución atacada sea una sentencia definitiva o equiparable a tal, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Y que el caso citado por el Dr. Sivo como jurisprudencia “no guarda ninguna semejanza con la situación de estos autos”.

Por último y ante la reiterada alegación del Dr. Sivo de una supuesta “gravedad institucional” que podría significar “revocar el sobreseimiento de un intendente por hechos que se le reprochan cometidos en el ejercicio de esa función y, como consecuencia, debe ser sometido nuevamente a proceso penal que de por sí implica una restricción a la libertad”, este nuevo fallo de la Corte le recordó al abogado lo expresado al rechazarse el anterior recurso: que “no se advertía en el caso la presencia de una situación aprehensiva de interés institucional, que aventaje la mera preocupación de los litigantes y ataña a la comunidad toda”.

Por todo ello y encontrándose “insatisfechos los requisitos de admisibilidad”, la Suprema Corte resolvió “denegar el recurso extraordinario federal interpuesto”, quedando en consecuencia habilitado el postergado por cuatro años llamado a indagatoria de Camilo Etchevarren, a quien reiteramos, se le imputan los delitos “incumplimiento de los deberes de funcionario público (tres hechos) y falsedad ideológica de instrumento público”.

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