La renuncia condicionada no librará a jueces y fiscales del juicio político

Desde su creación, en 2009, el Jury (o Jurado) de Enjuiciamiento, que resuelve si corresponde la destitución de un magistrado del Poder Judicial, no ha podido concluir ni uno de los procesos de remoción solicitados por decenas de demandantes.

Este panorama fue expuesto el viernes en la Legislatura por el alperovichista Regino Racedo, vicepresidente del Jury y uno de los autores del proyecto que reformó el sistema de remoción de jueces, fiscales y defensores oficiales. “El objetivo de esta norma es que se pueda llevar adelante ese proceso, que en estos años no se logró por planteos judiciales, dilaciones y otras situaciones de público conocimiento”, dijo el monterizo. Aunque no los nombró, todo indica que se refería a las causas “Verón” y “Lebbos”, procesos judiciales que derivaron en acusaciones contra magistrados, que finalmente lograron jubilarse.

La iniciativa fue gestada por los miembros del Jurado: Daniel Posse (titular del órgano y vocal de la Corte); los legisladores oficialistas Racedo, Raúl Hadla y Fernando Juri, y el macrista Alberto Colombres Garmendia; el fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa; y Mario Racedo, por los abogados colegiados.

La nueva ley establece que la renuncia condicionada a la jubilación del magistrado no clausura la investigación sobre su desempeño (debe ser una dimisión lisa y llana); y que, cuando la comisión de Juicio Político de la Legislatura eleva la acusación, también pueda suspender al acusado.

Fernando Valdez (UCR) solicitó que el cargo de secretario sea sometido a concurso. Racedo explicó que eso lo resolverá el propio Jury con la reglamentación de la norma. Según el alperovichista, con esto se logra que el órgano de remoción tenga la jerarquía constitucional que posee el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM).

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