“No pueden sancionar por la falta de Posnet”, advierte la Cámara de Comercio

“No pueden sancionar por la falta de Posnet”, advierte la Cámara de Comercio

El año pasado la AFIP verificó el cumplimiento de una normativa del año 2001. CAME concluyó que el decreto no prevé sanciones y la Cámara de Comercio anunció acciones legales ante la Justicia Federal.

 

La Cámara de Comercio, Industria y Producción de nuestra ciudad aseveró que las autoridades no pueden sancionar a determinados negocios por la falta de Posnet.

Un documento difundido este sábado por la organización afirmó que “la AFIP no posee facultades para sancionar a quienes no posean posnet”. Se basa en un informe de acuerdo a los estudios y resoluciones de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa.

La CAME desarrolló un análisis con sus asesores en Derecho Constitucional y se determinó que "la AFIP no posee facultades sancionatorias a quienes incumplan con dicha obligación" de tener posnet, o sea la terminal necesaria para cobrar una compra de bienes o servicios mediante tarjeta de crédito o de débito.

La Cámara dijo que, ante ello, se concretarán las acciones legales correspondientes ante la Justicia Federal, “en salvaguarda de los derechos de los asociados y del comercio en general”.

Concretamente, las organizaciones se basaron en el hecho de que el decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1387/2001 "no prevé sanciones" en tal sentido.

La Cámara había efectuado una presentación ante la CAME, al igual que otras instituciones similares del país. La queja obedece particularmente a los reclamos de pequeños comercios o negocios, cuya escala de ventas “hace mucho más onerosos los costos fijos con la utilización de posnet”, indicó la institución.

La preocupación llegó a su punto máximo a fines del año pasado, cuando la AFIP empezó a visitar negocios para ver si se cumplía con un decreto del año 2001 (De la Rúa-Cavallo) en el que se exigía el funcionamiento de terminales de transferencia electrónica para operaciones con tarjeta de débito. La Cámara advirtió entonces que se perjudicaba a pequeños y medianos comerciantes en beneficio de firmas monopólicas y del sistema financiero.

La normativa es parte de un decreto de necesidad y urgencia que se dictó en el año 2001. Desde la Cámara se recomendó a los negocios que fueran visitados por AFIP que consulten a sus asesores contables, e incluso que acerquen las actas a la propia sede del organismo que los agrupa.

La Cámara se dijo “ocupada y preocupada por las consecuencias futuras que esta medida pueda ocasionar a un sector del Comercio, pero especialmente a los empresarios más pequeños, por el alto costo de implementación y mantenimiento que estos sistemas electrónicos conllevan y que terminan beneficiando a las empresas monopólicas que los comercializan y al sisema financiero que percibe sus abultadas comisiones”, según planteó en un comunicado de prensa.

También desde la CAME se pidió entonces que la medida sea dejada sin efecto. Esa institución advirtió que nunca antes se aplicó la medida: “no es el momento adecuado”, hizo notar la CAME e hizo referencia a la “pérdida de rentabilidad, caída de las ventas y alta inflación” que pega sobre todo en los pequeños y medianos comerciantes.

El consejo de la entidad fue “no precipitarse en la incorporación de estas terminales para tarjetas de débito, al menos hasta que avancen las negociaciones” con la AFIP.

Comentá la nota