Programa ATP: la AFIP prorroga hasta el martes el plazo para anotarse en los subsidios al salario

Programa ATP: la AFIP prorroga hasta el martes el plazo para anotarse en los subsidios al salario

Las compañías que quieran acceder a los beneficios tienen cinco días más para inscribirse. Este mes, todas las que ingresen al programa sin importar su tamaño tendrán severas restricciones financieras. Ya se anotaron 250.000 firmas.

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta proximo martes 26 el plazo para que las empresas se inscriban al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) de mayo, que contempla asignaciones salariales y bonificaciones para el pago de contribuciones patronales.

 

De esta manera, las empresas interesadas en obtener los beneficios tendrán cinco días más respecto de la fecha límite original que era mañana.

Hasta el momento, la AFIP estima que para esta edición del ATP se anotaron más de 250.000 empleadores.

Para que una compañía quede seleccionada en el programa debe desarrollar alguna de las casi 800 actividades consideradas en "estado crítico" por la parálisis de la economía y no haber aumentado más de 5% nominal su facturación durante abril con respecto al mismo mes de 2019.

Las empresas fundadas el año pasado a partir de mayo tendrán como referencia la facturación de diciembre, mientras que las creadas en 2020 entrarán automáticamente con solo desempeñar alguna de las actividades del listado.

Pero el lunes el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa instauró nuevos requisitos financieros. 

Por un lado, las empresas de menos de 800 empleados que accedan a los beneficios no podrán por los próximos 12 meses recomprar acciones, distribuir utilidades, comprar dólar CCL ni dólar MEP ni transferir dinero a compañías radicadas en paraísos fiscales. 

Tales restricciones ya existían para las compañás más grandes de más de 800 trabajadores, solo que el Comité extendió el período de inhabilitación de 12 a 24 meses.

Esto motivó que muchas empresas quisieran anular su inscripción al ATP. Si bien no existe todavía un mecanismo para darse de baja por anticipado, la AFIP instrumentó un sistema de reintegros para que aquellos que quieran renunciar a los beneficios y a las consiguientes restricciones devuelvan los fondos recibidos.

Así, las que ingresen al ATP de mayo deberán esperar a que la ANSeS  les transfiera a sus empleados la asignación salarial a principios de junio, para después realizar un reintegro al Fisco por el mismo monto, más una tasa de interés ajustada por CER. Tienen hasta el 20 de junio para darse de baja.

Para que una compañía quede seleccionada en el programa debe desarrollar alguna de las casi 800 actividades consideradas en "estado crítico" por la parálisis de la economía y no haber aumentado más de 5% nominal su facturación durante abril con respecto al mismo mes de 2019.

Luego deberán realizar una presentación digital que informe la cantidad de empleados y el monto total en asignaciones.

Pero las empresas más grandes que quieran darse de baja deberán además devolver los fondos de abril antes del 31 de mayo, ya que las prohibiciones para este segmento aplicaban desde el mes pasado.

En ese caso, la tasa de interés cobra mayor relevancia, ya que comienza a devengar desde la fecha de la transferencia de ANSeS hasta el día del reintegro.

En caso de que la empresa grande devuelva los fondos del mes pasado y no reciba los beneficios de mayo, automáticamente quedará liberada de las restricciones cuando transfiera la devolución de abril.

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