"Los municipios no quedan sin control por la inversión de regalías"

"Los municipios no quedan sin control por la inversión de regalías"
El fallo fue dividido. Cippitelli se había pronunciado en contra del recurso presentado por el municipio.
El ministro de la Corte de Justicia, José Cáceres, precisó los alcances de la última sentencia de la Corte por la que se le declaró la admisibilidad formal a la acción de inconstitucionalidad que inició el intendente de Andalgalá, Alejandro Páez, en contra del decreto acuerdo Nro 202/13 por el que se reglamentó la ley de regalías mineras. Aclaró que de ninguna manera se suspenden los controles que ya estaban previstos en la ley 5.128 para la inversión de las regalías mineras.

Ayer se conoció la sentencia Nro 114 luego de haberse producido la notificación a las partes involucradas en el proceso. El fallo fue dividido porque Cippitelli se pronunció en el sentido de declarar inadmisible la demanda de Páez. El voto mayoritario fue de Cáceres y Amelia Sesto de Leiva.

"Lo que interesa poner de manifiesto es que hay una medida precautoria, tomada por mayoría, que deja en suspenso la aplicación de la reglamentación de la ley 5128 hasta que se resuelva la cuestión de fondo", precisó.

Explicó que la cuestión de fondo es determinar si la Unidad de Gestión que creó el Poder Ejecutivo por vía reglamentaria de la ley está dentro de los parámetros constitucionales y legales.

En este contexto aclaró que los controles a la inversión de las regalías siguen vigentes para todos los municipios, incluso para Andalgalá. "La ley establece que el Tribunal de Cuentas es el que ejerce el control. Si la ley no lo hubiera expresado tiene que controlar igual porque la Constitución dice que el TC controlará las cuentas de los municipios y del Estado provincial".

"Los municipios no quedan sin control tienen el control del Tribunal de Cuentas que obliga la Constitución, lo único que se suspende es el control que se implementó a partir de la Unidad de Gestión", mencionó pero recordó que también los Concejos Deliberante pueden ejercer el control de la inversión de los recursos mineros.

"Aquí no es que los intendentes pueden hacer lo que quieran, los controles están garantizados. Que funcionen o no ya es un tema que excede al Poder Judicial", aclaró.

Cáceres explicó que la sentencia alcanza sólo al municipio de Andalgalá que inició el planteo judicial. Ahora corresponde que el Poder Ejecutivo defienda la reglamentación del decreto. Luego, se expedirá el Procurador y por último el tema será tratado por los ministros de la Corte.

Consejo de la Magistratura

En la Corte de Justicia hubo una reunión de los integrantes del Consejo de la Magistratura.

En la reunión se avanzó en la elaboración de un nuevo reglamento para los concursos destinados a los magistrados.

El diputado Roberto Perrota(FV) explicó que se pretende otorgar mayor puntaje a las entrevistas que se realizan a los candidatos.

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