Incertidumbre por la puesta en marcha de un organismo

Incertidumbre por la puesta en marcha de un organismo

Los diputados del FrePam presentaron un pedido de informes al ministerio de Seguridad.

 No hay novedades sobre los cargos a ocupar y la orientación que tendrá el Ente de Políticas Socializadoras que quedará a carga del seguimiento de los liberados.

El bloque de diputados provinciales del FrePam presentó un pedido de informes sobre el organismo que fue creado para hacerse cargo del seguimiento de las personas que cumplen una condena en prisión y son liberados, ante la incertidumbre de su puesta en marcha. Los legisladores pretenden que el Ministerio de Seguridad despeje las dudas porque debería comenzar a funcionar el próximo 1 de julio, en remplazo el Patronato de Liberados, pero nada se sabe de su conformación. 

“Estamos muy cerca de la entrada en vigencia de ésta ley tan importante para la provincia pero no contamos con la información necesaria respecto de cómo se va abordar la problemática de las personas en conflicto con la ley penal, a raíz de habérsele quitado competencia al Patronato de Liberados”, fundamentaron.

Incertidumbre

Los diputados opositores presentaron un proyecto de resolución alertados por la proximidad de la entrada en vigencia de la ley Nº 2.831, que crea el Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en conflicto con la Ley Penal. “Esta Ley, votada por unanimidad por ésta legislatura significó un gran avance para lograr el objetivo primordial de contribuir a la disminución de la criminalidad y la reincidencia, y procurar en consecuencia la reinserción social de todas las personas en conflicto con la Ley Penal”, recordaron.

Hasta el momento estas personas tienen un seguimiento a través de la Asociación Civil Patronato de Liberados, que cuenta en la actualidad apenas con 5 empleados para casi 600 personas a supervisar sólo en Santa Rosa. La ley 2.831, en su artículo 20, expresamente deroga la Ley 513 por la cual se otorga competencia a la Asociación Civil Patronato de Liberados de la Provincia de La Pampa.

“Todos los supervisados pasarán a la órbita de la Unidad, que deberá contar con toda la información en poder del Patronato. A ciencia cierta nada se sabe de la transición de dicha información, de la asignación de cargos a la Unidad, ni del traspaso de los empleados del Patronato a éste nuevo organismo”, confiaron los legisladores.

Etapa clave

Los diputados frepamistas consideraron que “la etapa de ejecución de la pena es, sin dudas, de suma importancia, ya que es en ésta donde deben articularse todos los mecanismos necesarios para que la pena de encierro no sea solo eso, sino que cumpla con el único fin primordial de reeinsertar al condenado a la vida social, donde pueda gozar de sus derechos y libertades, de su familia, de su trabajo, sin tener que volver a reincidir en el delito”.

“Generalmente cuando hablamos de causas penales, sólo contemplamos la etapa de investigación del fiscal, las actuaciones de la parte querellante, la audiencia de juicio, la pena y luego nos olvidamos de la persona que fue condenada, cuando la etapa de ejecución penal es otra etapa del proceso penal. Sin dudas, la etapa más importante, pues si en ésta etapa no se articulan los mecanismos y los abordajes interdisciplinarios necesarios, la persona condenada volverá a pasar por los estrados judiciales para afrontar un nuevo proceso y recibir una nueva pena”, advirtieron.

En ese sentido, subrayaron que “el funcionamiento efectivo de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en conflicto con la Ley Penal, con los recursos económicos y humanos necesarios, con los 20 cargos previstos en la ley y con el fondo de financiamiento creado por la misma, harán que gradualmente esto se logre si se trabaja con responsabilidad y conciencia de la importancia de la etapa de ejecución penal”.

Preguntas sin repuesta

Los diputados elaboraron el siguiente cuestionario para el Ministerio de Seguridad:

a) Si ha sido conformado el Ente de Políticas Socializadoras conforme la integración prevista en el artículo 5 de la ley 2831.

b) Si se han creado los 20 cargos para el funcionamiento de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en conflicto con la Ley Penal.

c) Si se han comenzado los trámites para el traspaso del personal que actualmente desempeña funciones en la Asociación Civil Patronato de Liberados a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en conflicto con la Ley Penal para desempeñarse como agentes estatales.

d) Si respecto de aquellos empleados que tienen incompatibilidades, y no pueden ser incorporados a la Unidad, se previó reforma legal o indemnización económica por variación de las condiciones laborales.

e) Si está creado el fondo de financiamiento para el tutelado, previsto en el art. 14 y 15 de la ley 2831.

f) Si están previstos los mecanismos de transición e intercambio de información entre la Unidad y el Patronato.

g) Cuál es la cantidad de personas que serán abordadas y supervisadas en el territorio provincial por la Unidad.

h) Si cuenta con el espacio físico y el mobiliario necesario para comenzar a prestar funciones a partir del 1 de julio del corriente año.

i) Si se han realizado reuniones con los Jueces de Ejecución Penal a fin de coordinar el funcionamiento de la Unidad, y en caso afirmativo, se informe la fecha y el resultado de las mismas.

Comentá la nota