Ley de Hidrocarburos: sacaron despacho para que el Estado se involucre de lleno en la explotación

Ley de Hidrocarburos: sacaron despacho para que el Estado se involucre de lleno en la explotación
La Comisión de Asuntos Agrarios sacó hoy dictamen por unanimidad, tal como adelantó Diario Textual, para aprobar la semana que viene (este jueves no hay sesión por el paro estatal) la Ley Provincial de Hidrocarburos.

Entre los puntos destacados, se encuentra la obligación para que el Estado siempre debe participar en la exploración, explotación y comercialización del crudo y del gas. Hoy, en la mayoría de los casos, solo cobra regalías.

Los legisladores vernistas, autores de la iniciativa, tomaron puntos del proyecto que presentó el Frepam, entre los que se destacan la mayoría calificada (dos tercios) para la toma de decisiones y la reinversión de utilidades del petróleo en emprendimientos productivos y capacitación de recursos humanos.

"Lo antes posible"

A primera hora de la mañana el diputado provincial Daniel Lovera (PJ) confirmó lo publicado por Diario Textual el fin de semana sobre el apuro de los legisladores vernistas para sacar la Ley de Hidrocarburos. “Queremos sacarla lo antes posible”, dijo.

El legislador consideró que es “urgente” contar con una ley que regule el tema hidrocarburos en la Provincia. “Con este proyecto queremos hacer lo mismo que hizo Nación, darle un marco legal al tema”, dijo.

Apuro

Este diario digital reveló el domingo la premura que tienen los diputados vernistas para sacar la ley por el temor a una avanzada de Nación sobre los recursos hidrocarburíferos de La Pampa.

Este apuro de los legisladores que responden a Carlos Verna es el mismo que tiene el secretario general del Sindicato del Petróleo y el Gas de La Pampa, Neuquén y Río Negro, Guillermo Pereyra.

El sindicalista llamó a Lovera y le advirtió sobre los riesgos de que el gobierno nacional avance sobre el control de los hidrocarburos de las provincias productoras.

Las modificaciones del Frepam

El Frepam presentó este martes un borrador con las modificaciones que pretende introducir el frente opositor al proyecto del PJ. Entre otros puntos, pidieron la creación de una comisión de hidrocarburos, la obligatoriedad de una mayoría calificada (dos tercios) para la toma de decisiones, las causales de devolución de áreas por incumplimientos de parte de las empresas y el destino del cien por cien de las regalías a proyectos productivos.

El oficialismo incorporó sólo dos puntos de la propuesta del Frepam: la mayoría especial legislativa y el destino de las utilidades a financiar proyectos productivos.

Este mediodía salió el despacho por unanimidad de la comisión de Asuntos Agrarios y el proyecto será aprobado en el recinto el jueves de la semana que viene.

Qué dice el proyecto

El proyecto de Ley de Hidrocarburos que hoy obtuvo dictamen unánime y será aprobado el jueves de la semana que viene establece que los yacimientos, como también toda otra fuente natural de energía, situada en subsuelo y suelo de la provincia de La Pampa, pertenecen al patrimonio exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado provincial.

Declara de interés público provincial el cumplimiento de los máximos objetivos de lograr y sostener el autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los mismos, a fin garantizar la consecución de los principios que en materia de política hidrocarburífera fije y defina el Estado Nacional.

La norma consensuada hoy en la Comisión de Asuntos Agrarios determina que La Pampa implementará políticas hidrocarburíferas tendientes a promocionar y emplear los hidrocarburos y sus derivados como factor de desarrollo provincial y regional; integrar el capital público y privado en alianzas estratégicas, dirigidas a la exploración y explotación de hidrocarburos convencionales y no convencionales; incorporar nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y promocionar el desarrollo tecnológico en la provincia con ese objetivo.

También promueve la promoción de la industrialización y la comercialización de hidrocarburos con alto valor agregado; la obtención de saldos de hidrocarburos exportables, garantizando una explotación racional de los recursos y su sustentabilidad, para el aprovechamiento de las generaciones futuras; la implementación de planes destinados incrementar racionalmente la producción e industrialización de hidrocarburos como así también la industrialización de dichos recursos en su lugar de origen.

Concesiones por 9 años

El proyecto dice que las actividades relativas a la exploración, explotación, desarrollo, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos y sus derivados estarán a cargo de empresas del Estado Provincial o de personas jurídicas en las que el Estado Provincial tenga una participación accionaria mayoritaria y cuyos objetos sociales correspondan a la actividad hidrocarburífera, o de éstas junto a otras empresas estatales, privadas o mixtas.

Será el Poder Ejecutivo el que otorgue permisos de exploración y concesiones temporales de explotación y transporte y distribución de hidrocarburos en áreas hidrocarburíferas u otorgar mediante contratos de obras y servicios la exploración, explotación, desarrollo, transporte, distribución e industrialización de hidrocarburos en las mismas (por 9 años como máximo), pudiendo también conceder su prorroga (por 3 años como máximo) siempre con previa autorización de la Legislatura Provincial.

Participación estatal

Las empresas del Estado Provincial o aquellas personas jurídicas en las que el Estado Provincial tenga una participación accionaria mayoritaria y cuyos objetos sociales correspondan a la actividad hidrocarburífera, tendrán una participación no inferior al veinte por ciento en los instrumentos que formalicen las asociaciones o sociedades a quienes se les otorguen los permisos, concesiones o contratos de obras y Servicios.

El Estado provincial participará en todos los aspectos del desenvolvimiento contractual, a excepción de las inversiones de riesgo en exploración, explotación y las que se realicen para el desarrollo de la producción o industrialización, las que se encontrarán a cargo del o los co-contratistas.

Mano de obra y desarrollo productivo

Los permisos, concesiones o locaciones de obras y servicios deberán propender al sostenimiento de fuentes de trabajo permanentes dependientes de la industria petrolera y a consolidar un mercado local y regional competitivo, a través del fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas pampeanas, así como el crecimiento de una oferta de productos, bienes y servicios, que vincule al espectro de trabajadores petroleros, productores, industriales, profesionales, comerciantes y empresas de obras y servicios de todo los rubros radicados en La Pampa.

Las empresas deberán contratar a los fines de su cumplimiento, como mínimo, el ochenta por ciento de mano de obra, proveedores y servicios pampeanos.

Se considera mano de obra pampeana a los trabajadores que tengan como mínimo dos años de domicilio y radicación mínima en la provincia de La Pampa y proveedores y servicios pampeanos a las personas físicas con domicilio legal y asiento principal de sus negocios en La Pampa y a las personas jurídicas: con domicilio legal en la provincia y asiento de sus negocios en La Pampa.

Además, no podrán ser beneficiarias de los permisos, concesiones o contratos de obras y servicios aquellas empresas que no cuenten con un Libre Deuda Medioambiental, expedido por la Autoridad Medioambiental provincial.

Consejo asesor

El proyecto impulsa la creación del Consejo Asesor Provincial de Hidrocarburos, con la participación de dos representantes del Estado Provincial que el Poder Ejecutivo Provincial al efecto se designe y un representante por cada una de las regiones.

Su principal función será la de expedirse sobre toda otra cuestión vinculada al cumplimiento de los objetivos de la presente ley y a la fijación de la política hidrocarburífera que el Poder Ejecutivo Provincial someta a su consideración.

El Consejo sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros y será presidido y representado por el representante del Estado Provincial que el Poder Ejecutivo designe a ese efecto.

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