Los funcionarios que concluyen sus gestiones a fin de año tienen hasta enero para rendir cuentas

Los funcionarios que concluyen sus gestiones a fin de año tienen hasta enero para rendir cuentas

La reglamentación de la Ley de Residencia obliga a los funcionarios públicos a rendir cuentas de su gestión cuando dejen su mandato, tanto del destino de los fondos asignados por presupuesto, la evolución de su patrimonio personal a cumplimentar con las declaraciones juradas de bienes personales, y a la valoración pública de su desempeño, sin perjuicio de toda otra legislación vigente.

De esta manera, antes de dejar su gestión el 10 de diciembre, Jorge Capitanich pretende que sus funcionarios rindan cuenta, por lo que tendrán hasta el mes de enero de 2016 para cumplir con esta nueva obligación. El gobernador puso en conocimiento que son numerosos los funcionarios que quedan comprendidos en los alcances de esta normativa, entre ellos él y su vicegobernador Juan Carlos Bacileff Ivanoff, todos los ministros y secretarios del gobierno como también el contador y tesorero general.

El listado

También ingresan todo los miembros del Tribunal de Cuentas; el Defensor del Pueblo, el propio Fiscal General de Investigaciones Administrativas como todos los titulares de entidades descentralizadas o autárquicas. De esta manera a fin de año, cuando finalicen su gestión, tendrán la obligación de rendir cuentas el presidente de Lotería Chaqueña, el titular de la Administración Tributaria Provincial (ATP) y hasta quien está al frente de la denominada Escuela de Gobierno.

Lo mismo ocurre con los presidentes del Insssep y del Ipduv, además del director de  Vialidad Provincial y el interventor del Puerto de Barranqueras y los titulares de las empresas estatales como Secheep, Sameep, o sociedades del Estado como Nuevo Banco del Chaco, Ecom, Fiduciaria del Norte, la operadora ferroviaria Sofse, Laboratorios Chaqueños, Colono (Compañía Logística del Norte) y hasta el Instituto del Aborigen Chaqueño. Cabe destacar que dentro de la reglamentación están los titulares de los institutos de Cultura, Deporte, Turismo y de Inclusión de Personas con Discapacidad.

Los pasos

Es preciso dejar claro que el funcionario que haya cesado en su cargo deberá, dentro de los treinta días hábiles, cumplir las obligaciones enunciadas en el artículo 4 de la Ley 7602, en soporte papel informático, ante la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, debiendo constituir domicilio legal y electrónico en la Provincia.

EI informe consistirá en los estados de ejecución de recursos y de gastos confeccionados hasta la fecha de cese del funcionario, y por los ejercicios que se encuentren pendientes de rendición. También deberá contener un detalle de los programas y subprogramas formulados conforme a las políticas de gobierno aprobadas por el Poder Ejecutivo.

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