Erico calificó de “ofensivo e inmoral” el régimen especial de jubilaciones aprobado

Erico calificó de “ofensivo e inmoral” el régimen especial de jubilaciones aprobado

Sostuvo que el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo “carece de razón y/o fundamento que amerite semejante beneficio jubilatorio; tampoco justifica la urgencia de su tratamiento en una sesión extraordinaria sin el análisis de la comisión respectiva”.

La diputada del Frente Amplio, María Cristina Erico, consideró de “ofensivo e inmoral” el régimen especial de jubilaciones aprobado por la Legislatura, en beneficio de los integrantes del Tribunal de Cuentas, la Fiscalía de Estado y del defensor del Pueblo.

La norma sancionada el miércoles pasado establece que “al solo efecto del cálculo y otorgamiento del beneficio jubilatorio”, los titulares de los citados organismos equipararán sus remuneraciones y alcances respectivos a los ingresos que por todo concepto perciban los ministros del Superior Tribunal de Justicia.

La nueva ley señala, además, que el déficit que tales beneficios pudieran ocasionar a la Caja de Previsión Social “serán compensados por el Poder Ejecutivo con fondos de rentas generales”.

La legisladora consideró que “no se trata de un régimen especial puesto que es, ni más ni menos, un régimen de privilegios”, al explicar que existen sólo tres tipos de jubilaciones. Una es el régimen común (los que aportan 30 años y se jubilan con 60 años las mujeres y 65 años los hombres): “Es la ley que hace poco tratamos en esta misma Legislatura, con la finalidad de dar equidad e igualdad y estar en consonancia con todos los regímenes de jubilaciones del país, según los fundamentos dados”, explicó.

La otra es la de regímenes especiales: son las que se dan por trabajos que causan envejecimiento prematuro, como los mineros, empleados de subterráneos, pilotos, choferes de transporte, cuya actividad repercute directamente en los riñones de los trabajadores; es decir, existen condiciones objetivas que ameritan un régimen especial.

Indicó que la tercera son las jubilaciones de privilegios: “Las que permiten jubilarse sin tope en la edad, o en los años de aportes, o con diferencias de escalas salariales como es el presente caso que estamos tratando y que no tienen ninguna justificación más que beneficiar a un grupo de personas o trabajadores cuyas actividades son catalogadas como trabajos de élite, por la sola voluntad del legislador, sin ninguna condición objetiva, más que el beneficio por el beneficio mismo”. 

Erico sostuvo que el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo “carece de razón y/o fundamento que amerite semejante beneficio jubilatorio; tampoco justifica la urgencia de su tratamiento en una sesión extraordinaria sin el análisis de la comisión respectiva”.

Hizo notar que esta ley “crea un privilegio a favor de estos titulares de organismos de la Constitución en perjuicio del resto de la administración pública en general y los pone a estos titulares de organismo en pie de desigualdad respecto a sus propios dependientes. Es ofensivo, es inmoral en los tiempos que nos toca transitar, no existen razones para tal beneficio”, remarcó.

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