Caso Gómez Centurión: el juez Ariel Lijo se declaró incompetente

Caso Gómez Centurión: el juez Ariel Lijo se declaró incompetente

Reconoció que no se encontraron pruebas contra el funcionario y que el expediente debe pasar al fuero Penal Económico

El juez federal Ariel Lijo se declaró incompetente para intervenir en la causa contra el desplazado titular de la Aduana Juan José Gómez Centurión, porque entendió que se investigan maniobras de "contrabando de mercaderías" y el expediente debería pasar al fuero Penal Económico.

"El avance de la investigación ha permitido corroborar el carácter aduanero de los hechos denunciados y cualquier imputación que pueda realizarse estará vinculada al comercio exterior y al ingreso ilegal de mercadería al país", explicó el magistrado. "En conclusión, del análisis de los hechos denunciados y la prueba colectada se puede establecer que las maniobras, por sus características y habitualidad, serían las propias de una organización dedicada al contrabando de mercaderías; cuya competencia corresponde al Fuero Penal Económico de esta ciudad", agregó.

Sobre la posible responsabilidad de Gómez Centurión, escribió: "El resultado de las medidas dispuestas no ha permitido un avance sobre su eventual responsabilidad en las maniobras denunciadas".

De hecho, el juez aclaró que no encontró llamadas entre los celulares de Gómez Centurión y varios de los involucrados, como el empresario Oldemar Carlos Barreiro Laborda, alias "Cuqui", la jueza Rita María Teresa Ailán, Julio Cesar Tizado, Federico Ernesto Tiscornia Salort, Néstor Orlando Frega y Claudio Minnicelli. Sólo halló 9 comunicaciones con Pablo Allievi y otras 25 con Rodolfo Paolucci, ambos ex empleados de la Aduana.

"Por lo tanto, en base a lo expuesto, teniendo en cuenta que las medidas probatorias dispuestas no han logrado vincular a Juan José Gómez Centurión a algún hecho delictivo de competencia federal y que, por el contrario, la acreditación de distintos puntos de la denuncia realizada han permitido encuadrar las maniobras en delitos previstos en el Código Aduanero, es que corresponde que declare la incompetencia en razón de la materia y remita las presentes actuaciones a la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de esta Ciudad a efectos de que sortee el Juzgado que deberá continuar interviniendo", concluyó el juez Lijo.

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