Una reciente definición de competencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación derivó en un cambio de doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Desde el 8 de noviembre, el Poder Judicial rionegrino ya no será competente para intervenir en los amparos de salud que se inicien contra obras sociales y empresas de medicina prepaga nacionales. Esos trámites deberán realizarse en la Justicia Federal.
Río Negro
Menos el IPROSS, los amparos de obras sociales estarán en los mostradores federales
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