Ya separaron a tres imputados del juicio por delitos de lesa humanidad

Ya separaron a tres imputados del juicio por delitos de lesa humanidad
El Tribunal Oral Federal de Tucumán separó el miércoles a los imputados Luciano Benjamín Menéndez y Ernesto Alais y, ayer al ex policía Hugo Albornoz (hermano de El Tuerto Albornoz).

De esta manera, de los 44 imputados con los que arrancó el debate oral y público quedan 41 en el banquillo. Son juzgados por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra 235 víctimas en el ex Arsenal y ex Jefatura de Policía durante la última dictadura militar.

Luciano Benjamín Menéndez fue separado de la causa hasta tanto se encuentre en condiciones de afrontar el juicio oral y público porque se le superponen las audiencias con los juicios que se realizan en La Rioja y Córdoba, donde también está imputado. Alais, en tanto, sufre problemas mentales que no le permiten entender la imputación, según sus abogados.

Sobre la situación procesal de Menéndez, el tribunal informó que "no logró acordarse un mecanismo de colaboración judicial a los fines de compartir horarios de audiencias en turnos matutinos en un tribunal y vespertinos, atento a la postura intransigente de los tribunales mencionados (La Rioja y Córdoba)".

“Como no resulta materialmente posible que participe en la audiencia de debate, el tribunal considera que corresponde su separación de la presente causa", agregó. El tribunal también tuvo en cuenta el informe del cuerpo médico forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha 8 de noviembre de 2012, en el que se aconseja que las audiencias respecto al imputado Menéndez no sean extensas, especificando que no duren más de 2 horas con descansos no menores a 45 a 60 minutos.

En cuanto a Alais, el tribunal dijo que "es necesario contemplar lo informado por el perito Matías Salvador Bertone, luego de practicarle una evaluación neurocognitiva". En el informe, el perito sostiene que el imputado "presenta una serie de trastornos neurocognitivos que involucran sus funciones frontales o ejecutivas de memoria, lenguaje, atencionales y práxicas".

“Este tipo de deterioro es compatible al diagnóstico de demencia, fallas gnésicas, más otras funciones cognitivas como apraxia, afasia o agnósicas", precisa. "Desde el punto de vista neuro cognitivo, el deterioro que presenta es compatible a un cuadro demencial que deberá ser especificado con una valoración clínica más exhaustivas y estudios de imágenes cerebrales a fin de determinar causa y evolución y pronóstico de la enfermedad", agrega el parte médico. El Tribunal considera que "corresponde ordenar la suspensión del trámite en la cusa respecto al imputado Alais en el marco de lo previsto en el art 365 inc 5 del Código Procesal Penal de la Nación".

“La salud del imputado revela que no se encuentra en condición de ser sometido a juicio oral en ninguna de sus modalidades: ni contando con la presencia en la sala de audiencia ni mediante el empleo de video conferencia desde otro sitio", indicó.

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