Se portergan los pagos de tarjetas y cuotas hasta abril

Se portergan los pagos de tarjetas y cuotas hasta abril

La resolución del Central incluye pagos de tarjetas, cuotas de préstamos personales, hipotecarios y financiamiento empresario que suspenden los vencimientos hasta el 1 de abril.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció la postergación de los vencimientos de pagos de tarjetas, cuotas de préstamos personales, hipotecarios y financiamiento empresario hasta el 1 de abril, en el marco de las medidas dispuestas por el gobierno nacional ante el avance del coronavirus.

El comunicado A 6942 estipula la puesta en marcha de un "nuevo marco de operatoria" en consonancia con la emergencia sanitaria y señala que "los vencimientos de financiaciones de entidades financieras que se registren entre el 20 de marzo inclusive hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, pasarán al 1 de abril de 2020.

Además, establece la adopción de nuevas restricciones para las sucursales bancarias que se mantendrán hasta el fin del "aislamiento social obligatorio" anunciado este jueves por el presidente Alberto Fernández. 

Entre las reglamentaciones se destacan: 

- Las entidades financieras y cambiarias no podrán abrir sus sucursales para atención al público.

- Deberán adoptar las medidas necesarias, incluyendo los recursos humanos, para garantizar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria relacionada con la extracción de efectivo en puntos de extracción extrabancarios. El BCRA garantizará la provisión de efectivo para este fin.

- Entre el 20 de marzo y el 31 de marzo de 2020 inclusive no habrá compensación de electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 1 de abril de 2020. Este lapso de días no computará para el vencimiento de plazo de 30 días para la presentación de los mismos.

- El BCRA garantizará la operatoria a través del SIOPEL de las operaciones cambiarias mayoristas y de las licitaciones de Letras de Liquidez de las fechas miércoles 25 y jueves 26 del mes en curso.

- Se admitirá la operatoria en forma remota de las bolsas de valores y mercados de capitales autorizados por la CNV, la Caja de Valores y los agentes del mercado de capitales registrados ante la CNV.”

- Deberán mantenerse operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las entidades financieras y de los sistemas de pago.

De esta forma, el Central busca desalentar la circulación de personas en las entidades bancarias e insta a utilizar los canales virtuales tanto para operar con clientes, como las operaciones entre las mismas financieras. 

Comunicado A 6942 by Edu Lalo Mejias on Scribd

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