La mitad de los candidatos a la Defensoría están impugnados por afiliaciones políticas

La mitad de los candidatos a la Defensoría están impugnados por afiliaciones políticas

Se solicita que no se tenga en cuenta para integrar la terna a 38 de los 82 ciudadanos que se inscribieron para competir por el cargo, que será definido en marzo.

Dos impugnaciones presentadas ante la Legislatura, denuncian que casi la mitad de los postulantes a la Defensoría del Pueblo están afiliados a partidos políticos, por lo que se solicita que no se tenga en cuenta para integrar la terna a 38 de los 82 ciudadanos que se inscribieron para competir por el cargo.

Entre los impugnados están el actual ombudsman, Hugo Cabral; el concejal capitalino David Mizrahi (FpV); los ex legisladores peronistas Fernando Juri Debo e Iván Llorens Dip; y el ex defensor del Pueblo adjunto Damián Paz.

Durante el anterior proceso de selección del defensor del Pueblo, en 2011, la candidatura de Cabral también había sido objetada con el mismo argumento. Sin embargo, el entonces concejal capitalino por el Frente para la Victoria (FpV) fue elegido por la Cámara.

Una de las presentaciones fue realizada por el estudio de abogados C&H Abogados, y apunta contra 34 de los ciudadanos incluidos en la nómina. Pide, además, que se declare la nulidad del llamado a inscripción, ya que en la publicación en el Boletín Oficial se consignó en forma errónea el número de documento de la candidata Olga Ester Rodríguez.

Rodríguez, justamente, es la autora de la otra impugnación. Según su escrito, 35 candidatos estarían inhabilitados para ser defensor del Pueblo por estar afiliados a un partido político. Las coincidencias entre ambas nóminas de postulantes impugnados son 31, por lo que entre las dos suman 38 nombres.

Tanto la Constitución provincial como la ley de creación de la Defensoría del Pueblo (N° 6.644) prohíben expresamente que el ombudsman esté afiliado a algún partido político.

En su artículo 83, la Carta Magna indica que al defensor del Pueblo le alcanzan las inhabilidades e incompatibilidades de los jueces, definidas en el artículo 123: “no podrán los funcionarios judiciales intervenir activamente en política, firmar programas, exposiciones, protestas u otros documentos de carácter político, ni ejecutar acto alguno semejante, que comprometa la imparcialidad de sus funciones”.

El período de impugnaciones finalizará el martes al mediodía. Debía terminar el jueves pasado, pero la Legislatura prorrogó el plazo al detectar que la lista oficial de candidatos, publicada en el Boletín Oficial el lunes 15, consignaba erróneamente el nombre de un postulante. A partir del martes se correrá traslado de las impugnaciones, y los objetados tendrán tres días para presentar sus descargos. Luego las comisiones legislativas de Asuntos Constitucionales e Institucionales y de Peticiones y Acuerdos definirán la terna que será puesta a consideración del recinto. Para ser elegido como defensor del Pueblo, el candidato escogido deberá contar con la mayoría absoluta (las dos terceras partes de los votos).

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