Expertos ven ventajas y contras en la ley de Mercado de Capitales

Expertos ven ventajas y contras en la ley de Mercado de Capitales

Economistas y operadores consultados por Infobae analizaron la nueva ley sancionada por el Congreso. Las opiniones no fueron coincidentes. Respaldaron la actualización, pero les inquieta la tentación a la injerencia sobre el control estatal a la gestión

"En términos generales se trata de una buena ley en lo referente a la actuación de control de la Comisión Nacional de Valores, el manejo de los mercados y el acceso a nuevas empresas a la operatoria bursátil, dijo Daniel Marx, ex secretario de Finanzas, en diálogo con Infobae.

Por el contario, el experto alertó sobre otros puntos de la norma, como el que se refiere a la "protección de los accionistas minoritarios, porque será clave conocer cómo se determinará la acción, qué criterios se utilizarán y la idoneidad y transparencia en la designación de un veedor".

Este punto, que es en el que hicieron hincapié la mayoría de otros economistas y operadores de mercado que prefirieron mantener el off the record ante la consulta de Infobae, se refiere al artículo 20 inciso "k" de la nueva ley que establece que, cuando resulten vulnerados los intereses de los accionistas minoritarios de la empresa que cotiza en Bolsa, la Comisión de Valores podrá separar a los órganos de administración de la entidad en cuestión por un plazo máximo de 180 días".

Por eso, consideraron esencial esperar la promulgación y el decreto reglamentario, para poder determinar si la ley apunta a facilitar la apertura del capital de las empresas a la oferta pública, o contribuye a extinguir un mercado en el que más del 90% de los negocios se hacen con títulos públicos.

Además, "determina cambios profundos en lo que respecta las instituciones del mercado, con criterios de innovación, modificación y cambios que requerirán un análisis fino de sus impactos", dijo un avezado operador.

Marcelo Trovato, de Pronóstico Bursátil, señaló: "La ley, de fondo, en sí misma, me parece acertada y en línea con lo que están haciendo los mercados en el mundo. También debo resaltar que el artículo 20, inciso 'K', puede generar un clima contraproducente y se contradice con la ley en sí misma. Lo excelente de la norma contrasta contra solamente un artículo que echa un manto de duda y de inseguridad jurídica sobre las potenciales empresas que quieran cotizar en mercado".

Otro reconocido agente de la plaza financiera señaló a Infobae, bajo condición de anonimato: "(La norma) tiene cosas a favor y cosas en contra, no me parece que contribuya a hacer un mercado más grande. Este artículo que agregaron al final puede espantar empresas. El punto es la reglamentación, que ahí es donde se juega el verdadero partido. Cuando mirás todos los objetivos planteados, podés coincidir en un montón de cosas. El tema es que deja abierta la puerta –no podemos juzgar intenciones– a que ni siquiera las empresas puedan tener defensa si por alguna cuestión te quieren hacer una maldad".

"Veo a algunos colegas que están jugando un partido distinto. Si vos hablás de hacer un mercado más grande, que haya más jugadores, hasta ahí firmo. Ahora, si vos hacés eso y después en la reglamentación tenés que tener tal o cual cosa para operar, y queda un mercado para diez, es todo lo contrario de lo que dice la ley. Guarda, que hay muchas opiniones que van con el interés atrás", señaló el operador.

En su análisis, no descartó que "en algunos puntos sea hasta inconstitucional la ley, sobre todo en lo que tiene que ver con el derecho de defensa y los sumarios. Si una entidad financiera tiene un problema con el Banco Central, tenés una posibilidad de hacer un descargo. Acá no. Mañana cambia el Gobierno, hay otro signo político, y tienen más poder que durante la dictadura".

El secreto en la reglamentación

Incluso fuentes cercanas a la CNV también optaron por el "off" y señalaron a Infobae que reconocen que "la preocupación de la gente es porque se ve que se asignan mayores responsabilidades, pero hasta ahora no hay una correlativa jerarquización de funciones (fundamentalmente en el aspecto salarial)".

"Ya sabemos que en los meses que vienen tenemos que trabajar muchísimo para elaborar a tiempo la reglamentación de la ley", agregó el informante.

En lo que hace a las calificadoras, la ley sólo tiene dos artículos, con lo cual deja prácticamente librado todo a la reglamentación.

"No sé si las calificadoras que ya están operando tendrán que re-registrarse; de nuevo, tendría que ver el texto de la ley. No creo que les preocupe la mayor competencia; sí, tal vez, que se establezcan menores requisitos a las nuevas (por ejemplo, universidades públicas), pero nuevamente eso va a depender de la reglamentación", explicó la fuente.

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