Yedlin debe pagar la multa de contado o solicitar cuotas

El Tribunal de Cuentas espera por una copia del último recibo de sueldo del ministro. El titular de la cartera de Salud fue sancionado con una penalidad equivalente a cinco haberes, tras las anomalías administrativas.
Lejos de quedar en el olvido, el mal trago que le significó el caso Funsal perseguirá al ministro de Salud, Pablo Yedlin, al menos por un tiempo más. En rigor, durante esta semana deberá remitir al Tribunal de Cuentas (TC) una copia certificada de su último recibo de sueldo, a los efectos de que el órgano de control pueda iniciar el trámite legal para cobrar la multa aplicada.

El 21 de mayo, el funcionario fue sancionado con el pago de una suma equivalente a cinco sueldos, por las "serias irregularidades y transgresiones legales" que detectó el tribunal en la contratación de cursos odontológicos durante 2009. Como se recordará, el TC constató que la Fundación Salud (Funsal) se constituyó legalmente meses después de haber iniciado el dictado de los ciclos que le atribuye el ministro Yedlin y por los que facturó $ 800.000. Precisamente, Yedlin recibió el mismo castigo que el ex secretario ejecutivo médico del Siprosa, Alberto Sabaj (actual subsecretario), y el director de recursos Humanos, Daniel Alvarez Garmendia.

Durante la semana que pasó, el presidente del tribunal, Miguel Chaibén Terraf, libró los oficios correspondientes al Ministerio de Salud y al Siprosa para que responda cuál es el sueldo de cada funcionario y remita una copia certificada del último recibo. Cumplido este paso, los vocales del TC deberán firmar un nuevo acuerdo con la imposición y el monto de la multa. Para este caso se computa el haber bruto mensual del funcionario. Si bien Yedlin reviste el cargo de ministro y, complementariamente, el de presidente del Siprosa, constitucionalmente no puede percibir dos sueldos del Estado. En el caso de que cobre por su condición de ministro, estos tienen un tope salarial de $ 9.000 (la multa llegaría a $ 45.000).

Una vez firmado el acuerdo correspondiente, será el departamento judicial del TC el que libre las intimaciones de pago a Yedlin, a Sabaj y a Alvarez Garmendia. Dentro de un plazo de cinco días hábiles, estos deberán cancelar la multa o requerir un plan de pago. No obstante, nunca podrán solicitar cuotas por menos del 20% de su haber.

De cualquier manera, tendrán que depositar el dinero total o el correspondiente a las cuotas pautadas en una cuenta bancaria del Gobierno. Con esa boleta de depósito, quien haya optado por la cancelación total podrá requerir al Tribunal de Cuentas la carta de pago, que lo exime de la penalidad impuesta.

En caso de que ninguno de los funcionarios comparezca ante la intimación, la ley faculta al Tribunal de Cuentas a iniciar el cobro mediante la vía judicial. Esto, debido a que los fallos condenatorios y las multas que impone ese organismo tienen fuerza ejecutiva y constituyen título suficiente para iniciar el cobro por la vía del juicio de apremio.

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