El gobernador Alberto Weretilneck decretó la exoneración del sargento primero Miguel Emir Ibáñez, por la comisión de faltas disciplinarias gravísimas
En el 2011, el Tribunal de Disciplina de la Policía concluyó por unanimidad que se encuentra probado el hecho, en virtud de “las distintas pruebas obrantes en esta investigación, adquiriendo firmeza la sentencia dictada”.
En este marco, el decreto del Ejecutivo Provincial se dictó por la Comisión de las faltas disciplinarias gravísimas previstas en el capitulo X, artículo 73º de “hechos tipificados como delitos dolosos o contravenciones en la delegación y por no mantener en la vida pública o privada la corrección y el decoro que impone la función, cuando el acto afecte seriamente el prestigio de la institución”.
El reglamento del régimen disciplinario policial establece que “la exoneración sólo será decretada cuando mediare condena judicial firme por delito doloso incompatible con la función policial, por delitos cometidos en el desempeño de la función, delitos electorales, contra la administración pública, por imposición de inhabilitación como pena principal o accesoria, o por la comisión de falta gravísima o concurso de faltas graves”.

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