La multa puede llegar hasta los 70 pesos. Recuerdan la vigencia de una vieja ordenanza.
El secretario de Gobierno de la comuna, Raúl Dobrusín, fue quien advirtió que la exigencia de los inspectores y policías de tránsito es real y legal, y destacó que "es una ordenanza extraña pero que hay que respetar".
La normativa, que impone multas de entre 35 y 70 pesos, forma parte de las exigencias en estudio para la reestructuración del Código de Faltas de la ciudad que lleva adelante el concejal por Recrear Marcelo Bermúdez, quien destacó que "esa exigencia corresponde al artículo 209 del Código de Faltas, que es la ordenanza 8.033 de 1997 y que fija que el que condujere con licencia de conducir que no tuviere el domicilio real actualizado, será sancionado con multa de 5 a 10 módulos".
Desde hace algunas semanas este requisito, que obliga a quienes se radican en la ciudad a tramitar una nueva licencia, comenzó a ser exigido a conductores que poseen licencias radicadas en localidades como Cervantes y Senillosa, y tributan la patente del rodado en esta capital.
"No es algo que se pida habitualmente sino que algo debe llamarle la atención a quien está realizando el control, pero lo cierto es que es una exigencia que debe cumplirse", se detalló desde el área de Tránsito de la Policía.
Si bien la norma no fija un plazo entre el cambio de domicilio y la renovación de la licencia, Dobrusín indicó que generalmente el margen de tolerancia para el cambio es de hasta seis meses.
La exigencia de este requisito obliga a quienes tengan licencias de conducir aún vigentes radicadas en otras partes del país a renovar su permiso en las atestadas oficinas que la comuna posee en la calle Santa Teresa. Esta renovación se ve desde el año pasado por demás de complicada no sólo por la instrumentación de un cupo de vecinos a ser atendidos por día sino por la reserva de todos los miércoles para los trámites de los motociclistas.
A pesar de que la ordenanza data desde hace trece años la nueva ley nacional de tránsito, que aún se encuentra en la etapa de adhesión en gran parte del país, fija un requisito similar para todas las personas que teniendo carnet de conducir cambien su domicilio de jurisdicción. Esta norma otorga un plazo de tres meses para el cambio del carnet de conducir dado que se considera al domicilio indicado como parte una declaración jurada.

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