Vencido el plazo a la medianoche del lunes, la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical se expidió en torno a la impugnación presentada por el apoderado de la lista Blanca -que lidera José Gaspar- sobre la de Fernando Vivas, en la precandidatura a la intendencia de Comodoro Rivadavia para las internas del 21 de noviembre.
Sin embargo, declarando falsedad y nulidad de instrumento público, Vivas intimó que su pedido de reconsideración se cumpla en un plazo perentorio de 12 horas, bajo apercibimiento de recurrir a la justicia electoral, reservándose además el derecho de entablar acción penal contra la lista impugnante y la Junta Electoral.
Según se desprende de la nota remitida a tales fines a la Junta Electoral, la notificación al respecto se produjo el 1 de noviembre, sobre una resolución emitida por ese órgano el 29 de octubre y señala que tal notificación es extemporánea o sea fuera de los plazos legales que tenía la junta en el cronograma electoral.
Vivas fundamenta lo dicho al señalar: “la nota de rechazo entregada en fecha 01/11/2010 y cuya postergación de 48 para las falaces pruebas de la impugnante, tiene fecha 29-10-2010, lo que claramente manifiesta el prejuzgamiento y la falsificación de instrumento público partidario.”
Vivas, mediante su apoderado, intimó a la Junta Electoral para que en el plazo perentorio de 12 horas revierta la situación tomada “contra derecho y en forma ilegal y cercenante de los derechos políticos y partidarios ejercidos indebida y maliciosamente contra la Lista 21 que represento”.
El escrito advierte por otra parte que en caso contrario, se interpondrá un recurso, solicitando la intervención de la Justicia Nacional Electoral, Secretaría Electoral del juzgado Federal de Rawson y eventualmente, ante la Cámara Nacional Electoral.
Finalmente, además de reservarse derechos de iniciar acciones legales, el escrito reclama que “avergüenza la forma de actuar, ilegal y arbitraria del órgano electoral de esta Unión Cívica Radical que encuentra en su génesis la lucha contra el fraude electoral”.
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