El senador nacional Carlos Verna (PJ La Pampa) pidió, a través de un proyecto de ley que presentó en el Congreso nacional, que se modifique la forma de cobro de las llamadas a los teléfonos celulares.
La relación entre usuarios telefónicos y los prestadores del servicio, dijo Verna en su proyecto, está fundado en un "contrato bilateral y oneroso, obligando a las partes en forma recíproca a dar cumplimiento de sus respectivas obligaciones", lo que constituye en la práctica un verdadero "Contrato de Adhesión".
La característica principal de este tipo de contratos está dado en que las cláusulas contractuales están fijadas por uno solo de los contratantes, en este caso "la empresa telefónica", sin que exista alguna posibilidad que la otra parte, el "usuario", pueda consensuarlas o modificarlas. Solo esta facultado para aceptarlas o no adherir al contrato, argumentó.
Sin embargo, prosiguió, existen normativas que dan cumplimiento a la obligación del Gobierno Nacional de velar por la defensa de los intereses del consumidor, así como la de generar condiciones que garanticen la libertad de elección en la relación del consumo.
En el caso de las telefónicas, la Resolución Nº 344/97, en su artículo 4º, establece que en las llamadas que se inician desde un teléfono fijo "la tasación del tiempo de aire utilizado se efectuará desde el momento que el abonado llamado contesta"
Del mismo modo se dispuso, a través de la resolución Nº 45/12, la misma consideración que en el caso de los móviles: alcanza a las casillas de mensajes hasta el momento en que se da por terminada la comunicación, recordó.
En el artículo Nº 2 de la misma norma, se establece que las comunicaciones que no sean contestadas por el abonado llamado, directamente o a través de la casilla de mensajes no podrán ser facturadas ni cobradas bajo ningún concepto.
"Si bien estos aspectos son de clara y fácil interpretación los prestadores han realizado una lectura de la ‘letra chica' de los contratos y expresan que: ‘toman conocimiento y aceptan que serán facturadas las llamadas desde el momento en que se presione la tecla "SEND" del equipo y hasta que finalice la llamada'. Disposición en flagrante violación a las normas reglamentarias dictadas en tal sentido", sostuvo Verna.
Esa interpretación, dijo, configura una situación que hoy padecen los usuarios telefónicos con abultados montos a pagar de llamadas no concretadas.
Por eso, el senador por La Pampa presentó un proyecto de ley que, en su Artículo 1º, expresa: "Establecese que el tiempo de tasación de las llamadas originadas en usuarios de todos los servicios telefónicos comenzará desde el momento que el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación".
En el Artículo 2°, se indica que "Las comunicaciones que no sean contestadas por el abonado llamado, directamente o por medio de una casilla de mensajes, no podrán ser facturadas ni cobradas bajo ningún concepto".

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