El legislador pampeano Carlos Verna, acompañado por su par María de los Angeles Higonet, presentó durante la semana última un proyecto de ley en el Senado de la Nación para que se "restituyan" 22 millones de pesos a los municipios de la provincia de La Pampa.
El mencionado artículo 73 prorrogó la vigencia de la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, que según el ex gobernador pampeano "no resulta indispensable, atento a que dicho financiamiento está garantizado por imperio de la Ley 26.206", denominada Ley de Educación Nacional que establece en sus considerandos: "Cumplidas las metas de financiamiento establecidas en la Ley 26.075, previstas originalmente para el período 2006/10, el presupuesto consolidado del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado exclusivamente, a Educación no será inferior al seis por ciento del Producto Interno Bruto (PIB)".
"La vigencia del mismo artículo ha sido determinante para que se giren a las provincias sumas que se descuentan de los fondos que se destinan a la coparticipación de impuestos para los municipios, cuando la financiación del sistema educativo ya se encuentra asegurada en la norma legal que es de aplicación efectiva", afirmó el senador Verna en su proyecto de ley.
El legislador nacional señala, además, que es necesario dictar una norma que derogue en forma retroactiva el artículo 73 de la Ley 26.728, porque afecta el financiamiento de uno de los estados de gobierno que enfrenta los reclamos sociales procedentes de los gobiernos municipales, por importes no coparticipados.
Recursos.
La Ley de Financiamiento Educativo fue sancionada en 2005, y tuvo como principal objetivo incrementar la inversión en educación, ciencia y tecnología por parte de la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En uno de sus artículos, se establecía un plazo de cinco años para dicha afectación de recursos, de modo que a partir del 31 de diciembre de 2010 -una vez alcanzada la meta del 6 por ciento-, las provincias recuperaban la libre disponibilidad de dichos recursos, lo cual efectivamente se llevó a cabo durante 2011.
Si bien en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2012 no estaba incluido, al momento de sancionar la Ley se introdujo un nuevo artículo 2º a partir del cual la Ley de Financiamiento Educativo recupera su vigencia a lo largo del ejercicio fiscal 2012, y es en este punto donde surge la problemática financiera para las provincias y para los municipios, en particular, ya que ambos niveles de gobierno elaboraron sus pautas presupuestarias anuales (tanto en términos de recursos como gastos), sin contemplar esta afectación y detracción, respectivamente, en sus ingresos coparticipados.

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