Luz verde para la captura y explotación de biogás en Santa Fe

El Concejo aprobó los pliegos para la concesión del servicio de captura y explotación del biogás en los rellenos sanitarios de la ciudad. Los trabajos demandarán casi 13 millones. La mitad del personal contratado deberá ser santafesino.
En su sesión de hoy, el Concejo Municipal volvió a dar un paso importante en materia de política ambiental para la ciudad.

Mediante la aprobación del Mensaje del Ejecutivo Nº 5, que contiene las bases y condiciones, el cuerpo dio el visto bueno a la concesión del servicio de captura y explotación de biogás en los rellenos sanitarios santafesinos.

Según advierte el proyecto girado por el Municipio, “la implementación de un proyecto de captación, tratamiento y eventual aprovechamiento del biogás producido por la descomposición de estos residuos sólidos ofrece importantes beneficios de carácter ambiental”, entre los que se destacan la mejora en la calidad del aire, la disminución de la intensidad de olores y la disminución de las molestias y perjuicios ocasionados a la población cercana.

Al respecto, al fundamentar la iniciativa durante la sesión, la concejala del interbloque del FPCyS, Adriana Molina enmarcó la propuesta en la política integral de gestión ambiental que lleva adelante la actual gestión.

En tal sentido, la edila puntualizó algunas “acciones fundamentales” encaradas por la administración local, como la clausura del relleno sanitario de Altos de Noguera, la apertura del muevo relleno con tecnología de alto impacto positivo v ambiental, la modificación del traslado del volcadero de Caleta Sur, la implementación de la recolección diferenciada de residuos y la progresiva eliminación de las bolsas de plástico que se concretará el año que viene.

“Esta medida permitirá la reducción del gas que provoca el efecto invernadero y un interesante ingreso económico para el estado municipal. Es interesante comenzar a considerar a los residuos sólidos urbanos con contenido económico”, remarcó.

Vale indicar que la ciudad de Santa Fe y su ejido municipal cuentan en la actualidad con una población estimada en más de 400.000 habitantes, la cual genera una cantidad de residuos sólidos urbanos superior a las 90.000 toneladas por año y en la composición de estos desechos hay un gran porcentaje de fracción orgánica biodegradable, por tanto resultan potencialmente buenos productores de biogás.

Por su parte, el presidente del Concejo, José Corral, manifestó que “Santa Fe se pone una vez más a la cabeza de los municipios en temas ambientales, especialmente en localidades de nuestro tamaño, que produce una gran cantidad de basura diaria, lo cual necesita un tratamiento como el que hoy tiene el relleno sanitario, y que llega después de una clasificación domiciliaria como pocas ciudades lo hacen” y agregó que “y hoy estamos dando un paso más, aprobando las condiciones para que las empresas ofrezcan la posibilidad de tratar los gases que se producen tanto en el relleno viejo como en el nuevo, que son liberados a la atmósfera y traen una serie de consecuencias ecológicas”.

A su turno, la concejala socialista, Vanesa Oddi, enfatizó que “significa un paso importante en lo que al tratamiento de residuos se refiere, implementando procedimientos que permitan la obtención de combustibles renovables de manera limpia y eficiente”.

Fue precisamente Oddi quien impulsó una de las modificaciones incorporadas, que establece la necesidad de que se prioricen las ofertas que planteen un uso del biogás distinto a la quema y desarrollen la instalación de tecnologías e infraestructura que vayan en este sentido.

“De esta manera realmente incentivamos la utilización de energías más limpias, este es el momento de comenzar a transitar por ese camino”, expresó la edila.

Al terminar, la socialista destacó que “es fundamental el rol activo del Estado en la generación de una planificación estratégica y urbana energética que debe abordar la reducción de la dependencia energética sobre todo de fuentes que generan altos costos sociales y ambientales”.

Según la norma, la convocatoria de los oferentes deberá realizarse mediante publicaciones en dos diarios locales y en la página web del municipio, por un plazo no menor a 10 días.

Asimismo, el Ejecutivo deberá informar de la convocatoria a la Cámara Argentina de la Construcción, a la Federación Argentina de Ingenieros Especialistas, al Centro Argentino de Ingenieros, y deberá disponer las medidas necesarias para la más amplia difusión de la convocatoria.

En el mismo sentido, se garantizará un plazo de 30 días hábiles administrativos ente la última publicación y la recepción de las propuestas.

Una vez firmado el contrato de concesión, la empresa tendrá la exclusividad de la explotación y comercialización del biogás, como también del terreno donde se genera por el tiempo que estipule el contrato, mientras que la Municipalidad queda facultada para controlar por su propia cuenta o por terceros los trabajos que allí se realicen.

Luego de transcurrido el plazo del contrato, se incorporarán al dominio municipal y sin compensación alguna, todas las mejoras, equipos e instalaciones muebles e inmuebles efectuadas y radicadas por el concesionario en el pedio de propiedad municipal.

Según lo sancionado, el presupuesto oficial de los trabajos es de $ 12.865.000, el plazo de ejecución es de 240 meses y el valor del pliego es de $ 5.000.

En cuanto a la duración del contrato, la medida establece que el plazo total de la prestación de los servicios licitados será de 20 años, contados a partir de la firma del contrato y se dará de manera simultánea en los dos depósitos de residuos.

En la primera etapa y por un período máximo de seis años se operará en el Relleno Sanitario Altos de Nogueras.

En el nuevo Complejo Ambiental se podrá comenzar a desgasificar a partir del cierre de la primera celda y cuando estén dadas las condiciones en cuanto a cantidad y calidad del biogás generado y su posibilidad de extracción. Aquí se deberá operar hasta completar los 20 años de contrato.

Más adelante, el texto sancionado hace referencia a la evaluación de las propuestas, para lo que se designará una Comisión Evaluadora, para el estudio y análisis.

A los fines de su cometido, dicha comisión deberá requerir los informes que fueren necesarios a los oferentes o a terceros. Podrá, asimismo, requerir a los oferentes aclaraciones a la propuesta, mientras que la falta de respuesta en término determinará la exclusión de pleno derecho de la oferente.

La Comisión Evaluadora expedirá un informe fundado con la evaluación de las condiciones y capacidad de cada oferente, de las características técnicas del proyecto presentado, de las inversiones proyectadas, los beneficios ofrecidos a la Municipalidad, el pedido de realización de un estudio de impacto ambiental y todo otro elemento que resulte determinante para su consideración o desestimación.

La Municipalidad resolverá la adjudicación de acuerdo a la oferta que a su propio juicio resulte la más conveniente, lo cual no necesariamente tendrá que coincidir con el mejor precio. Ante propuestas similares, se estableció que se otorgará preferencia a aquella que proponga una utilización del biogás, distinta a la quema.

La Municipalidad podrá, si lo estima conveniente, rechazar todas las propuestas, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza de los oferentes.

En cuanto a la iniciación de los servicios, la empresa adjudicataria, tendrá a partir de la firma del contrato, un plazo máximo de 12 meses para iniciar los servicios específicos de captación, tratamiento y eventual aprovechamiento del biogás.

Dentro de los seis meses a partir de la firma del contrato, la empresa deberá comenzar con las obras necesarias para la prestación de los servicios (construcción de pozos de extracción, estación de bombeo, entre otros). En caso de no ocurrir lo anterior, perderá la adjudicación y se entregará la concesión al que hubiere resultado ubicado en segundo lugar, pudiendo la Municipalidad de Santa Fe ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Los servicios de captura y quema de biogás se darán en dos tipos de depósitos, uno clausurado –relleno de Altos de Nogueras- y otro en actividad - Complejo Ambiental Relleno Sanitario para el Área Metropolitana.

Entre otras obligaciones, se dispuso que la empresa contratista deberá controlar la generación de efluentes líquidos, procediendo, cuando fuere necesario a su extracción, acondicionamiento y recirculado sobre los módulos ya clausurados. No se permitirá el derrame de estos líquidos sobre caminos y canales.

Si la generación de líquidos superara la capacidad de asimilación por parte del módulo provocando excedentes incontrolados, la Inspección del Servicio podrá ordenar el retiro de dichos líquidos para su tratamiento en planta externa ubicada en el Complejo Ambiental – Relleno Sanitario Área Metropolitana, o su vuelco en sitio autorizado para tal fin, siempre que fueran alcanzados los niveles de calidad permitidos.

Además, la contratista deberá capacitar a su personal en el trabajo que realiza y en el conocimiento de las normas de seguridad e higiene.

En su oferta técnica presentará la metodología para llevar adelante la capacitación de su personal y deberá mantener actualizado un organigrama operativo, indicando las responsabilidades de cada encargado, como así también los nombres y obligaciones del resto del personal.

Asimismo, el contratista deberá garantizar que el 50 % del personal a contratar tenga domicilio en la ciudad de Santa Fe.

Por último, vale informar que los pliegos de Bases y Condiciones para la licitación se podrá consultar en la SubSecretaría del Ambiente de la Municipalidad - Secretaría de Desarrollo Social, Salta 2951, 9º piso.

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