A pesar de que los legisladores cada que vez que sucedía un accidente que involucraba a elementos de pirotecnia, invocaban que se encontraba en el circuito legislativo un proyecto que sería la solución a ese problema.
Sin embargo tras pasar por las comisiones, se flexibilizó y se circunscribió esa prohibición para los menores de 18 años, a los que tampoco se les iba a permitir manipularlos.
Este proyecto fue aprobado el 29 de noviembre del 2011 por la Cámara Baja, prácticamente cerrando el año legislativo, por lo que su tratamiento en el Senado quedó postergado.
Finalmente en dicha Cámara obtuvo la sanción en septiembre de este año, pero como fue modificado, retornó a Diputados en revisión.
El principal cambio fue la disminución de la edad permitida para comprar cohetes, la cual fue llevada a los 16 años y además se eliminó el artículo que prohibía su manipulación y uso.
De esta manera la ley que se debatirá en la próxima sesión, en definitiva solamente pone más énfasis en controlar que la fabricación, expendio al público, acopio, transporte o exhibición con fines comerciales de elementos de pirotecnia, sea realizada por personas autorizadas y habilitadas por una autoridad competente.
También establece una serie de cuestiones a tener en cuenta por lo vendedores para no ser sancionados, tales como tener siempre mercadería autorizada y conservada y exhibida con los recaudos necesarios. En caso que infrinjan estas recomendaciones podrán ser castigados hasta con 20 días de arresto o sus sustitutas.
Finalmente establecen como única medida de prevención para el que compra los fuegos artificiales, que la autoridad de aplicación de la Ley, determinada por el poder Ejecutivo, "deberá instrumentar acciones de difusión tendientes a elevar el nivel de conciencia de la población sobre la necesidad de evitar los riesgos de la pirotecnia".
Si bien la ley sería sancionada el martes, una vez que pase al Ejecutivo, este tendrá un plazo de 90 días para reglamentarla, por lo que es casi seguro que no llegue a aplicarse hasta el próximo año.
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