A través de una resolución recomendó a la empresa que promueva las acciones para garantizar la provisión.
La gente manifestó que desde hacia tiempo se realizaban diferentes cortes del servicio de agua y que ocasionalmente un camión de provisión asiste al lugar siendo insuficiente su provisión por lo que deben recurrir a extraer agua del canal que atraviesa la entrada del barrio, agua que no es apta para el consumo humano. También declaraban el problema de la presión y la existencia en los distintos sectores del barrio de cañerías de plomo que se encuentran casi expuestas o rotas, corroídas y que datan de 1950, situación que incide en el servicio deficiente ocasionando innumerables inconvenientes a los usuarios.
Por todo eso, el Defensor del Pueblo originó una investigación que le permitió emitir la Resolución Nº 0381 - Dpjuj- 12 recomendando a la empresa Agua de los Andes S. A. promueva de manera urgente todas las acciones necesarias y conducentes a fin de garantizar la continuidad, regularidad, calidad y generalidad del servicios de agua potable asegurando su eficiente prestación a los vecinos de El Sauzal, tal como lo indican las leyes vigentes. También recomienda a la empresa arbitre todas las medidas necesarias a fin de que efectivice el recambio de las cañerías en el barrio con la finalidad de garantizar una adecuada prestación del servicio de agua potable.
Por otra parte, también, a través de la Resolución emitida, recomienda y advierte a la empresa prestataria del servicio de agua potable y a la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (Susepu) que en razón de las irregularidades observadas en las condiciones de prestación del servicio, se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario a las cuentas con el sistema de renta fija hasta tanto se proceda a la instalación de los medidores de caudal, evitando el cobro de un servicio no prestado.
En otros de los artículos del documento recuerda y recomienda a la Susepu ordene a la empresa Adla S. A. dé efectivo cumplimiento al Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento de la Provincia, prestando el servicio de manera continua, regular, uniforme, suficiente y en condiciones adecuadas; recordar además la plena vigencia del Convenio suscripto en fecha 12/10/11 entre la empresa Adla S.A. y el Ingenio Río Grande Sacaaei, con la finalidad de dar cumplimiento íntegro con el mismo para garantizar la provisión del servicio de agua potable en la localidad de La Mendieta; también insta los trámites correspondientes, a los fines de firmar los Convenios con el Enhosa para que se ejecute la obra “Red de agua potable para barrio El Sauzal-La Mendieta”.

Comentá la nota