El Ministerio de Salud a través del Programa Provincial de Inmunizaciones, convocó a las embarazadas a partir del quinto mes de gestación y a las mamás de bebés menores de 6 meses a que se vacunen contra la tos convulsa sumándose así a la estrategia de inmunización con la Triple Bacteriana Acelular (DPTacelular) que se está llevando a cabo en el país, desde el 1 de febrero, con el objetivo de disminuir los casos de tos convulsa en niños menores de 6 meses.
Ante esta situación, se está implementado en todos los vacunatorios de la provincia la inmunización de las embarazadas a partir de las vigésima (20) semana o del quinto mes de gestación con una dosis de vacuna Triple Bacteriana Acelular, independientemente del esquema de vacunación antitetánica de la embarazada, que protegerá al niño por nacer. Aquellas mujeres que se encuentren en el periodo del puerperio también deberán aplicarse una dosis, aunque esta estrategia es de menor efectividad para proteger a los lactantes. Por otra parte se recomienda que toda la población cuente con la aplicación de todas las vacunas del calendario oficial.
Otros casos particulares en los que el Ministerio de Salud recomienda que se aplique la vacuna DPTA, son:
En el manejo de heridas de las embarazadas en quienes transcurrieron más de cinco años desde la última dosis de dT (vacuna antitetánica), si nunca recibieron dTap. En este caso, deberá aplicarse una dosis única de dTpa como refuerzo, en reemplazo de dT.
En el caso de embarazadas que haya transcurrido más de 10 años desde la última dosis se aplicará dTpa a partir de la vigésima semana de gestación, en reemplazo de dT.
En mujeres embarazadas en las que se desconoce su antecedente de vacuna antitetánica o quienes tienen un esquema incompleto. El esquema para las mujeres no vacunadas es de tres dosis de dT. Si la embarazada nunca recibió dTpa, una de las dosis de dT debe ser reemplazada por esta vacuna, aplicada a partir de la vigésima de gestación.
Cabe aclarar que para el caso de los ADOLESCENTES la vacuna dTpa se encuentra incorporada al Calendario Nacional a los once años de edad. Luego se aplicará una dosis de dT cada diez años.
Por otra parte se aconseja la administración de una dosis única de dTpa en reemplazo de uno de los refuerzos de doble adulto al personal de la salud que presta cuidado niños menores de doce meses y a los convivientes de recién nacidos prematuros menores de 1.500 gramos, hasta los seis meses de vida, junto con vacuna antigripal.
Toda persona que no es vacunada, resultará en un incremento de los susceptibles a la enfermedad que se irán acumulando con el tiempo y que se transmitirá a los lactantes quienes la padecerán la enfermedad en forma m
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