Si usted tiene lote propio ya dispone de $203 mil para construir su casa

Si usted tiene lote propio ya dispone de $203 mil para construir su casa
El año pasado se anunció que el IPV prestaría $150 mil, este monto ha sido actualizado es por eso que se llega a la suma de $ 203 mil para la construcción de la casa en lote propio.
El Gobierno de San Juan publicó en el Boletín Oficial los nuevos montos a financiar en el plan “Operatoria Individual” para la construcción de viviendas, el monto máximo pasó de $150.000 a $203.699. Se trata de un crédito para vivienda única, y para quienes tienen terreno a su nombre y que la Provincia financia a través de los fondos recaudados por el IPV.

La nueva resolución del IPV estableció para una superficie cubierta de 56.41 m2 un monto crédito estimado en $185.181; y para una superficie de 61.65 m2, el máximo financiable será de $203.699. En ambos casos el plazo para devolverlo será de 25 años y el monto de la cuota será fijado como máximo a los dos meses de la entrega de la vivienda.

Requisitos para ser beneficiarios de este plan:

1. Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes en el que dos de sus integrantes, por lo menos, estén unidos entre sí por lazos matrimoniales o uniones de hecho o consanguíneos en líneas ascendente o descendente o colateral de primer grado.

2. Poseer documento de identidad argentino.

3. El titular deberá ser mayor de edad o estar emancipado.

4. Tener dos (2) años de residencia mínima, comprobable, en la Provincia de San Juan.

5. Comprobar residencia o lugar de trabajo en la zona donde se localice el Conjunto Habitacional.

6. No ser propietario, el solicitante o algún miembro de su grupo familiar, de bienes inmuebles cuyo valor supere el 50% del valor de la vivienda a la cual aspira.

7. Los adherentes y el grupo familiar declarado deberán acreditar ingresos netos mensuales cinco (5) veces superiores a la cuota de reintegro estimada.

8. No haber sido adjudicatario, ninguno de los miembros del grupo conviviente de solución habitacional financiada por el estado nacional o provincial, salvo aquellos que acrediten en forma fehaciente haber constituido un nuevo grupo familiar.

9. Registrar inscripción en la Oficina de Cómputos y Estadísticas del Departamento Adjudicaciones y Servicio Social del I.P.V.

10. Cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Nº 4.435 y modificatorias, a efectos de dar cumplimiento al estudio socioeconómico correspondiente.

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