Uruguay: la Corte revisará la ley que anuló la amnistía

Un policía procesado presentó un recurso de inconstitucionalidad

MONTEVIDEO.- Un juez uruguayo procesó ayer a un policía acusado de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar (1973-1985), en lo que fue la primera aplicación de la controvertida ley de imprescriptibilidad aprobada el año pasado por la bancada del Frente Amplio (FA), que anuló la amnistía que había favorecido a ex represores.

El fallo tiene particular relevancia, porque ahora la defensa del policía, acusado por el crimen de un maestro jubilado que militaba en la izquierda uruguaya, presentó un recurso que obligará a la Corte Suprema de Justicia a expedirse por primera vez sobre la constitucionalidad de la ley.

El fallo, además, tuvo lugar en momentos en que crece el debate sobre el revisionismo y en el mismo mes en el que el gobierno de José Mujica prepara un acto público para que el Estado asuma la responsabilidad por los actos de terrorismo.

La iniciativa es en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de febrero de 2011, que por el Caso Gelman exigió ese acto, además de una reparación económica a la hija de la joven argentina desaparecida en Uruguay, en 1976.

El Poder Judicial uruguayo deberá pronunciarse ahora sobre una de las leyes más polémicas de los últimos tiempos, la de la anulación de la amnistía a militares y policías.

La ley fue votada a fines del año pasado por la bancada de la coalición de izquierda FA, con el rechazo de todo el arco opositor y duras acusaciones de violar la Constitución.

En la discusión parlamentaria, prácticamente todos los constitucionalistas transmitieron una opinión contraria al texto, por considerar que no se ajustaba a la Carta Magna.

En la bancada del FA, hubo discusiones para ajustar el texto, pero se entendió que no había tiempo para redactar un nuevo proyecto porque se cumplía el plazo de prescripción de los delitos cometidos durante la dictadura.

Fallo

Ayer, el juez Juan Carlos Fernández Lecchini procesó con prisión al policía retirado Juan Ricardo Zabala por el crimen ocurrido en julio de 1977 del militante del FA Julio Castro, cuyos restos fueron hallados en octubre en un cuartel militar.

Zabala fue procesado como cómplice de homicidio muy especialmente agravado. El juez entendió que no tenían pruebas para procesar al militar José Gavazzo, encarcelado por otros casos.

El magistrado rechazó el pedido de prescripción de la defensa con dos líneas de argumentos.

Por un lado, dijo que "existe una jurisprudencia que sostiene que los delitos de lesa humanidad son tipificables hoy, a pesar de no estar escritos en la década de los 70", lo que contradice lo sostenido por la Corte.

Por el otro, consideró: "Existe una jurisprudencia que ampara la tesis de la imprescriptibilidad de los delitos del tenor de los que se denuncian". Citó en sus fundamentos la "sentencia de la Corte Suprema de la Nación Argentina del 14 de junio de 2005".

La abogada Rossana Gavazzo dijo a La Nacion que su recurso, el primero de inconstitucionalidad por la nueva ley, fue presentado antes de que se conociera este fallo.

Ahora, con el recurso presentado formalmente, la Corte enfrenta una decisión histórica: si decretan que la ley es inconstitucional, supone una especie de punto final a los juicios a militares y policías.

La mayoría de los ministros de la Corte sostuvieron en decisiones anteriores que la categorización de delito imprescriptible no puede aplicarse a los hechos de aquellos años, porque la legislación penal no comprendía esas situaciones..

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