A través de la Acción Autónoma de Nulidad el Tribunal Superior de Justicia podrá revisar sentencias firmes.
El proyecto fue enviado por la Función Judicial e ingresó en la sesión de ayer y fue tratado sobre tablas para su posterior aprobación. El miembro informante fue el presidente del Bloque, Mario Guzmán Soria que junto al diputado Guillermo Galván fueron los únicos oradores del tema.
“Este nuevo instituto fue creado para enmendar errores en los casos con sentencia firme o cosa juzgada. Es un principio nodal en la construcción de la paz social, y a partir de esto, el principio de ‘cosas juzgada’ también debe ceder ante la injusticia”, explicó el Presidente del bloque mayoritario. Añadió que “en las competencias propias de cada autonomía, de jerarquía provincial no tiene competencia la Nación. Y a través del tiempo se da una evolución de la ciencia jurídica. El principio de Acción Autónoma de Nulidad alimenta el sentido de Justicia”. A través de este principio se podrán “revisar causas luego de la ‘cosa juzgada’ en instancias excepcionales, y dejamos a criterio de los Tribunales cuales son aquellas excepciones”.
Otra de las modificaciones es sobre el artículo 41. La ley establece ahora que “el Tribunal de Justicia estará integrado por cinco miembros y podrá dividirse en salas. Corresponde al Tribunal Superior de Justicia reglamentar por Acordada el funcionamiento de cada Sala, composición e integración”.
Integración
Otras de las modificaciones sobre la Ley Nº 7246 es que “en caso de recusación, excusación, licencia, vacancia o cualquier impedimento, los miembros del Tribunal Superior serán reemplazadas, en el orden establecido, siempre y cuando que, con motivo de la recusación, excusación, licencia, vacancia o impedimento del Tribunal Superior, no se encuentre integrado por tres de sus miembros, basta dicho número para poder dictar resoluciones”. Es decir que puede estar integrado hasta tres miembros.
En diálogo con la prensa Guzmán Soria explicó que “se trata de darle competencia al Tribunal Superior de Justicia que en la doctrina se llama Acción Autónoma de Nulidad”. “Significa que cuando hay una injusticia y tiene una gravedad importante, en cuanto a términos del debido proceso, se le permite al Tribunal que pueda revisar”, agregó.
Explicó sobre el procedimiento que “un abogado podrá presentar la acción ante el Tribunal y este, en su caso, definirá si es grave o no y lo rechazará in límine o lo aceptará”.
Aclaró que no incluye juicios penales porque ya tienen sus recursos en el Código Procesal.
Respecto de la integración del Tribunal comentó que “es una norma operativa y por ello prefirieron que sea el Tribunal que a su criterio determine qué pleito lo va a tratar la totalidad del cuerpo o si se va a tratar en salas”.
Respaldo
Los legisladores aprobaron ayer en la sesión una iniciativa del diputado Carlos Luna que respalda y se solidariza con los trabajadores de las empresas textiles de la Provincia que se movilizan hoy en defensa de sus fuentes laborales.
El legislador capitalino explicó que el proyecto de declaración propone a la Secretaría de Promoción e Inversiones y a la Secretaría de Trabajo que llamen a una mesa de diálogo para poder superar la situación de los trabajadores que están sujetos a suspensiones.
Luna opinó que le parece “bien que la gente se movilice y que no hay que tomar la marcha como si estuviera realizada en contra de alguien en particular”.
También consideró que la polémica por la extensión de la Promoción Industrial se metió en la campaña y algunos buscan sacar réditos de una discusión que debería “ser más profunda”.
Sobre las empresas textiles advirtió que sería importante conocer sobre la rentabilidad de las empresas de los últimos años.

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