A poco más de 24 horas de finalizado el plazo para oficializar candidatos para los comicios del 23 de octubre, el Tribunal Electoral Permanente de la provincia decidió rechazar el pedido de la Alianza Frente Amplio para inscribirse como partido político provincial, dejando a la incertidumbre qué pasará con el hasta ahora único opositor al gobernador Gildo Insfrán en la disputa por la gobernación, Francisco Nazar.
Sostiene en uno de sus fundamentos el extenso documento del cuerpo electoral que “La realización de elecciones de autoridades nacionales y provinciales se ve sujeta a la Ley 15.262 y en relación a estas últimas al Decreto Provincial Nº 570/11 de convocatoria en todo el territorio de la provincia. El Artículo 45 de la Ley 26.571 de Democratización de la Representación, la Transparencia y la Equidad Electoral impide la participación en las elecciones generales de agrupaciones políticas que no hayan participado en las primarias o no hayan obtenido el mínimo legal del 1,5% del total de votos en las primarias. El art. 6 de la misma ley modifica la Ley 23.298 –Orgánica de los Partidos Políticos- exige que las alianzas se reconozcan de modo previo a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias”.
Los argumentos
“Si bien queda claro que la resolución relativa a las boletas y oficialización de las candidaturas nacionales no es de injerencia de este Tribunal, si es de competencia exclusiva de este cuerpo verificar que las alianzas que aquí se habilitan o partidos que en el nivel local pretendan participar de las elecciones bajo estas condiciones, limiten su proporción a cargos locales (municipales o provinciales) y eso se reflejará claramente en las boletas que no son otra cosa que el espejo de las formas en que se hayan registrado por ante este Tribunal y en el ámbito Federal”.
“Considerando que el Partido Opción Social y Popular no tiene reconocimiento definitivo en el ámbito de Distrito, el Partido Popular de reconstrucción y el Partido Propuesta Republicana fueron declarados caducos en el ámbito federal y el Partido Nuevo Espacio Político no participó de la elección primaria pese a estar registrado como Partido de Distrito, quedan claro que se encuentran habilitados única y exclusivamente para pedir registro y proponer candidatos solamente a nivel de cargos provinciales y municipales”. Aquí el fallo contrapone la propuesta de la Alianza Frente Amplio de llevar candidatos a nivel nacional para los cargos de senadores y diputados.
“Este problema no se planteaba con anterioridad a la Ley de Democratización pues no existía prohibición expresa a su respecto”, sostiene otra parte del fallo.
“Bajo la UCR”
Finalmente, después de establecer los argumentos, el Tribunal Electoral Permanente resolvió “reconocer al Sublema Frente Amplio, del lema Unión Cívica Radical (…) para todos los actos y procedimientos electorales correspondientes a los comicios que se convocaran por Decreto Provincial Nº 570/2011 para el día domingo 23 de octubre de 2001 (…) registrándose en los libros pertinentes como Sublema de los cuerpos orgánicos de la Unión Cívica Radical”.
Esto significa, lisa y llanamente, que para participar de las elecciones próximas el Sublema Alianza Frente Amplio deberá usar los símbolos y el número de boleta correspondiente a la Unión Cívica Radical.

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