Trece años de prisión por abusar de sus dos hijas menores de edad

La sentencia fue dictada días atrás en Neuquén capital, por mayoría, durante un juicio abreviado. Uno de los jueces, la fiscal de Cámara y la querella habían considerado una pena mayor.
Norberto Antonio Vigna, de 51 años, fue condenado, por mayoría, a la pena de trece años de prisión de cumplimiento efectivo por la Cámara Criminal Uno. Se lo encontró culpable de abusar sexualmente de sus dos hijas menores de edad.

El fallo, que se mantuvo en un marco de total hermetismo, desentona con el requerimiento de la Fiscalía de Cámara y la Defensoría de los Derechos del Niño, en su carácter de querellante, que habían reclamado al tribunal una pena de quince años de prisión.

Los jueces Mario Rodríguez Gómez y Florencia Martini consideraron que la aplicación de la pena se ajusta a derecho y observaron como agravantes el tiempo en que abusó de sus hijas y el propósito de inculcarles desde temprana edad que los vejámenes padecidos eran conductas normales y habituales en una relación entre padres e hijas.

Ambos jueces afirmaron también que “las menores sufrieron un daño psíquico muy difícil de superar”, situación procesal que se empeora cuando el autor es un hombre instruido.

Héctor Dedominichi no estuvo de acuerdo con la sentencia a la que arribaron sus pares y afirmó que la pena solicitada por la Fiscalía de Cámara y por la Defensoría de los Derechos del Niño, de quince años de prisión, es la que más se ajusta a la conducta penal desarrollada por el acusado.

El juez de la Cámara Criminal Segunda agregó que los hechos por los que Vigna fue declarado penalmente responsable, tanto por su naturaleza como por la extensión del daño causado, en particular, siendo las víctimas sus hijas, permiten la imposición de la pena solicitada por las partes acusatorias.

“La edad, educación y demás condiciones personales del enjuiciado deben obrar como agravantes. En igual sentido, las conclusiones vertidas en los informes psicológicos resultan prueba por demás elocuente del daño psíquico que se les causó a las menores”, concluyó el juez.

Juicio y calificación del delito

Las múltiples evidencias logradas en la instrucción de la causa, a cargo del titular del juzgado de Instrucción Tres, Marcelo Muñoz, resultaron incontrastables.

Esta situación derivó en impulsar un juicio abreviado, previo acuerdo de la fiscal de Cámara, María Dolores Finochietti, la defensora adjunta de los Derechos del Niño y del Adolescente, Silvia Acevedo, la defensa del imputado y el Tribunal.

Los abogados defensores de Vigna no cuestionaron la existencia del hecho, tampoco la autoría y menos aún el encuadre legal. Los letrados pidieron el mínimo de la pena para su cliente y, en la audiencia, mostraron el arrepentimiento de los hechos cometidos y la falta de antecedentes condenatorios.

Al momento de formular su descargo, Vigna pidió perdón, reconoció su error y agregó que no podía explicar su conducta.

El propósito de los abogados particulares fue alcanzado totalmente. Vigna fue condenado finalmente a trece años de prisión por ser penalmente responsable de los delitos de corrupción de menores de 13 años, por ser el imputado ascendiente de las menores, reiterado y en dos oportunidades.

También se le reprochó el delito de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, calificado por el vínculo agravado, en la modalidad de delito continuado, más la inhabilitación absoluta por igual término de la condena.

Los gravísimos delitos

La Fiscalía y la Querella aseguraron que las pruebas de cargo reunidas permiten sostener con absoluta solvencia que el acusado produjo diferentes actos tendientes a facilitar la corrupción de sus hijas, desde que tenían siete y nueve años, a partir de 2003.

Se le enrostró también haber abusado sexualmente de una de sus hijas biológicas en fechas indeterminadas, aprovechando los momentos en que las menores se encontraban solas en distintas viviendas pertenecientes al detenido.

Se demostró en la investigación que tales conductas “desviaron el crecimiento y el desarrollo sexual de las menores. Consistieron en tomarles fotografías con sus partes pudendas al desnudo y en poses eróticas”.

Las pruebas reflejan también que el hombre se exhibía desnudo con intención de ser observado por las niñas y que mantuvo conversaciones de índole sexual con las menores, al tiempo que les manifestaba que “eso era normal”.

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