Tomás Rodríguez, como intendente, debió vetar

Recién ayer se conocieron los términos del decreto municipal 588 del 26 de julio originado en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial por el cual la intendencia, en ese momento a cargo del presidente del Concejo Deliberante Tomás Rodríguez, dispone el veto de la ordenanza que limita el ingreso de camiones de más de 8 toneladas en el micro y macro centro.

Los considerandos expresan entre otros aspectos que “de la aplicación de la prohibición referida, surge una clara dificultad operativa para la normal y adecuada actividad abarcada y que la determinación del territorio enunciado en el articulo 1º de la Ordenanza Sanción, podría violentar el derecho a la libre circulación, como restringir el ingreso de bienes con el fin de satisfacer necesidades primordiales en el orden local”.

Que pese a compartir el espíritu general de la norma en cuestión, se deslumbran situaciones altamente complejas, debiéndose comprender las mismas; siendo deber del Estado proveer al control de calidad y eficiencia del tránsito, del transporte, como al mejoramiento de las condiciones de vida de los vecinos” tras lo cual remite a la Carta Orgánica Municipal y los artículos sobre el funcionamiento del veto.

Expresan también los considerandos del decreto municipal que “la Cámara de Comercio e Industria de Salta, efectúa presentación, en la que manifiestan que la Ordenanza Sanción debe ser vetada, en razón que afecta ostensiblemente el desarrollo comercial ciudadano, toda vez que se debe arbitrar ingentes esfuerzos y costos adicionales desmesurados, para poder adecuarse y cumplir con la normativa dispuesta y que solicitan trabajar en forma conjunta y coordinada, a fin de establecer una operatoria de circulación de vehículos de carga que no afecte a personas, fragilidad de calles, avenidas etc.

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