Urribarri firmó el decreto del magistrado que intervino en el caso de la niña embarazada. Organizaciones sociales se reunirán para evaluar los pasos a seguir.
Integrantes de la Fundación Mujeres Tramando, quienes presentaron una impugnación al nombramiento, se reunían para evaluar la situación. “Aún no tuvimos acceso al decreto, por lo que no podemos adelantar nada”, indicaron desde la organización de derechos humanos al sitio Análisis Digital.
“El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”, acotaron luego.
Así lo determina el Código Penal en su artículo 86, que el juez interino de Familia en Concordia desconoció al intentar resolver el pedido de la niña embarazada producto de una violación, agregaron. La resolución del magistrado conocordiense provocó el reclamo de distintas organizaciones sociales que se plegaron al legal requerimiento de la niña y su familia.
En marzo, la Comisión de Acuerdos y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Senadores evaluó, entre otras varias postulaciones, el pliego por el que se proponía a Raúl Tomaselli como titular del Juzgado de Familia. La audiencia se produjo en medio de una polémica social y mediática en la que se cuestionaba la actuación del letrado. Sin embargo, los senadores aprobaron sin objeciones la postulación. El documento sólo necesitaba la rúbrica de Urribarri, quien mediante el Decreto 1.512 del 21 de mayo, terminó por ratificarlo.

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