Un reconocido escribano de nuestra ciudad explicó que no alcanza con el boleto de compra-venta para adjudicarse un terreno tras su compra, por lo que es necesaria la titularización ante el registro de la propiedad.
El escribano Gastón Rodríguez advirtió que el boleto de Compra-Venta no es documentación suficiente para acreditar la pertenencia sino que hay que legitimar la operación realizando el traspaso de la propiedad de manos del dueño vendedor: “El boleto de Compra-Venta no es un título, es necesario ubicar al titular del dominio para que firme la transferencia”, dijo.
Es habitual que quienes venden un terreno no resultan ser los propietarios del mismo sino intermediarios o apoderados que realizan esa acción con un interesado en adquirir el bien. Rodríguez explicó que el interesado en escriturar la pertenencia del terreno debe acudir al Registro de la propiedad del Inmueble ubicado en los Monoblock ubicados en Uriburu y Sarmiento en donde se pueden obtener los datos precisos de quien es el dueño del terreno en cuestión para que este firme los papeles necesarios para el traspaso.
Inconvenientes
Al ser consultado sobre que hacer en caso de que el dueño del terreno se niegue a firmar el traspaso por algún motivo, el profesional aclaró que si el comprador tiene cancelada todas las cuotas de la operación no hay motivo valido para tal negación y que el comprador puede recurrir a un recurso legal llamado Juicio de Escrituración aunque advirtió que dicho trámite demanda al menos unos 6 meses para concretar.
En caso de que el propietario haya fallecido en todo momento debe haber designado un apoderado encargado de realizar los trámites correspondientes. Al explayarse sobre los costos de escrituración que debe afrontar un vecino, afirmó que según una regulación del Colegio de Escribanos, dicho costo gira alrededor del 1.5% del monto total del valor de mercado del bien.
Comentá la nota