La AFIP y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, determinaron los plazos y condiciones para que los pequeños productores de leche vuelquen la información sobre sus operaciones de compra-venta de leche cruda, paso previo al establecimiento de compensaciones.
Al mismo tiempo, la AFIP tendrá que enviar periódicamente a la Secretaría de Agricultura los datos recavados.
Los sujetos obligados a informar sus operaciones serán los pool de leche cruda, las plantas de enfriamiento y tipificación de leche cruda, los tambos fábrica, los elaboradores de productos lácteos, los usuarios de industria láctea/fasonero, y los productores abastecedores lecheros, entre otros, “que hayan tramitado y obtenido el ‘Código de Autorización de Impresión’ (C.A.I.)”.
Operaciones
La información de las operaciones de cada mes calendario deberá volcarse a través de la declaración jurada nº 995 que genera el programa aplicativo “AFIP – DGI – Régimen De Información De Operaciones De Comercialización Primaria De Leche Cruda – Versión 1.03 .
Ese aplicativo estará disponible en la página web del organismo recaudador a partir de agosto. La declaración jurada tendrá que presentarse a través del sitio web de la AFIP, para lo que tendrán que emplear la clave fiscal.
El plazo máximo para informar las operaciones dependerá de la terminación del CUIT: los terminados en 0 y 1 tendrán hasta el día 24 del mes siguiente; los finalizados en 2 y 3, hasta el 25; los terminados en 4 y 5, hasta el 26; los finalizados en 6 y 7, hasta el 27; y los terminados en 8 y 9, hasta el 28.
En caso de que no cumplan con su obligación de informar, los productores serán sancionados.
La obligación de informar empezará a regir “a partir del primer día hábil del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, y surtirá efecto respecto de las operaciones efectuadas a partir del día 1 de noviembre de 2011, inclusive”.
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