Así lo comentó la Dra. Adriana Ionni en el espacio "El fallo de la semana" que se difunde los viernes por "La Trama de La Red", en la 106.3."Había dudas porque las municipalidades fijan en diez años el plazo de prescripción de estos tributos".
"Ante el vacío legal, la incertidumbre y la insistencia por cobrarlo de parte de las municipalidades, y lo caótico de la situación de la sanción, generaba que no se sabía a quién hacer caso".
"Caduca el derecho del fisco para reclamar retroactivamente. El fallo tiene implicancias para este caso en particular, pero esto fija una doctrina legal de la Corte que sería obligatoria para todos los tribunales inferiores de la Provincia".
Podría ser que ante el incumplimiento por parte de un municipio, el contribuyente tiene la posibilidad de llegar ante la Suprema Corte de la Provincia y alegar violación a la doctrina legal de la Corte si le reclamaran más allá de los cinco años".
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