Hasta ahora, quienes ocupan cargos políticos no perciben esos ítems. Pero el proyecto de Presupuesto presentado dispone que se empiecen a pagar.
En el proyecto que remitió el Ejecutivo el lunes a la Legislatura, hay una disposición llamativa: la de pagar a funcionarios de alto rango la antigüedad y el título, cosa que hasta ahora nunca se había pagado.
Así es que en medio del texto del presupuesto se cuela un aumento salarial encubierto que alcanza sólo a quienes ocupan cargos políticos.
Es más, resulta claro que todos los funcionarios de carrera incluidos en el escalafón estatal ya cobran esos adicionales, por lo que los únicos que no los cobran y que podrían cobrarlos (de ser aprobado el texto del presupuesto sin modificaciones), son quienes forman parte del gabinete provincial pero también los intendentes y sus colaboradores.
La disposición está incluida en el artículo 64 del proyecto de presupuesto. En ese apartado se indica además que se deroga toda norma que se oponga a este cometido y se cita la ley 5.198, en la que expresamente se prohíbe el pago de antigüedad a autoridades superiores tanto del Poder Ejecutivo como Legislativo, así como también a intendentes y concejales.
En el segundo párrafo del artículo 64 se indica: “Dispóngase a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, la liquidación de antigüedad y título a los funcionarios del Estado público provincial y municipal, que hayan estado excluidos de su percepción, quedando derogada toda norma que se oponga a lo dispuesto en el presente artículo, en especial la Ley Nº 5.198”.
La referencia a la 5.198 hace inevitable la consulta y esa norma, que data de 1987, prohíbe expresamente el pago de antigüedad a todos los funcionarios de alto rango, desde el gobernador para abajo.
Pero por debajo de Pérez, hay muchos más. Por lo pronto, todos los ministros tienen título y algunos vienen desde el inicio de la gestión Jaque en la gestión.
La medida alcanza también a los legisladores provinciales. Aun cuando no todos tengan título universitario, todos empiezan a sumar antigüedad. Algunos, porque vienen de ser concejales; otros, porque ya van por el segundo mandato.
La 5.198 es clara. En el artículo primero excluye a los legisladores provinciales. En el segundo dice que “quedan comprendidos en todos los casos en la presente ley los siguientes funcionarios: gobernador, vicegobernador, ministros, secretario general de la Gobernación, subsecretarios, presidentes o directores de empresas o sociedades del Estado, bancos oficiales, entidades descentralizadas o autárquicas, intendentes, concejales,y cretarios de concejos deliberantes”.
El listado es más que claro y los alcances de esa ley eran claros. Ahora, el alcance del artículo 64 del Presupuesto también es claro.
Cabe recordar que el gobernador Francisco Pérez tiene un cargo en el Estado provincial desde 2008. Era ministro de Celso Jaque y en octubre de ese año salió publicado el decreto 2.953/08 en el que se lo nombraba en planta permanente. Sin embargo, se plantean algunas dudas.
En el artículo 3 de la 5.198 se exceptúa de la prohibición de cobrar antigüedad a los funcionarios que retengan cargos de carrera, quienes “percibirán el adicional por antigüedad correspondiente al cargo retenido”, es decir que el gobernador debe estar cobrando la antigüedad por el cargo de planta retenido.
Una de las dudas es cómo se computará la antigüedad como funcionario político. En el caso de Pérez, por ejemplo: ¿se contabilizará su paso por el Ministerio de Infraestructura? ¿Se tendrá en cuenta desde que ingresó como contratado al Estado?
La titular de ATE Raquel Blas dijo: “No entiendo. ¿Se trata de un reconocimiento a la carrera política? Si quieren sincerar el sueldo de los funcionarios, que lo hagan a cara descubierta y no con artimañas”.
En el Ejecutivo aún no saben cómo se va a instrumentar este “reconocimiento de derechos”, como argumentaron voceros del Ejecutivo que aseguran que la medida no es un incremento salarial.
Las dudas incluyen el porcentual que corresponde a cada uno de los adicionales. El caso de la antigüedad es casi vox populi y el porcentaje es mencionado en la 5.198: 2,6% por año de trabajo en el Estado. El porcentaje por título es un misterio, porque hay diferentes cifras, según el título y según el área del Estado que se considere.
Por lo pronto todos los adicionales estarían sujetos a la reglamentación del artículo.

Comentá la nota