El Centro Empleados de Comercio publicó una solicitada sobre la tragedia del puente de Av. Sarmiento, bajo el título las víctimas no son culpables. El texto completo.
-¿Fue una medida prudente y legal el reemplazo de una estructura de hierro deletable (*) por otra de hormigón premoldeado, de gran peso y solo justificada en un ahorro de costos de mantenimiento?
¿Los funcionarios municipales además de preocuparse por estos costos económicos, consideraron el mayor riesgo para la integridad física de las personas que implicaba la colocación de la nueva estructura de hormigón?
¿No era muy probable que al venir circulando por una vía normal, por descuido, desconocimiento y/o imprudencia del conductor, y/o algún tipo de falla mecánica un vehículo ingrese al puente con una altura mayor a la que estableció como límite el municipio?
¿Si fue frecuente el impacto de vehículos contra la anterior estructura liviana de metal, por qué no habría de serlo también contra la nueva estructura pesada de hormigón?
-Frente a esta tragedia que enluta a la familia mercantil, creemos que la comunidad de Olavarría y, muy especialmente los familiares de Gastón Corn e Ignacio Hourcade, merecen otro tipo de respuestas y comportamientospor parte del Estado Municipal, y no la intención de deslindar responsabilidades en terceros para no asumir ni reconocer las propias obligaciones de protección y cuidado de nuestros vecinos.
Centro Empleados de Comercio de Olavarría
(*) DELETABILIDAD. Todo dispositivo que constituya riesgo a la circulación, deberá tener un sistema que evite eventuales impactos, o que de producirse no sean de magnitud. Ley Nacional de Tránsito 24.449, Decreto Reglamentario 779/95.
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