Sobreseyeron a los Kirchner en la causa de la firma El Chapel

Sobreseyeron a los Kirchner en la causa de la firma El Chapel
Un juez dijo que no hubo incompatibilidades entre la Presidenta y la empresa familiar
En los últimos meses, la Justicia cerró casi todas las causas que investigaban a Néstor y Cristina Kirchner por su fortuna y sus negocios personales. Primero fue el caso del enriquecimiento ilícito; después, el de la compra de dos millones de dólares, y ahora los sobreseyeron en un expediente más: el que los perseguía por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública por la creación de la consultora El Chapel.

Esta empresa se formó en 2007 para brindar servicios de consultoría financiera y de inversión. Tenía tres integrantes: la Presidenta, su marido -y ex presidente- y el hijo de ambos, Máximo, que era el titular. El año pasado, en medio de fuertes críticas por el conflicto de intereses que implicaba, la disolvieron.

En un fallo de hace unos dos meses, que nunca se había hecho público hasta ahora, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi cerró el caso por "inexistencia" de delito. Su argumento principal fue que no hubo ninguna negociación incompatible porque la empresa no había tenido actividad y que, durante la corta vida de El Chapel, la Presidenta nunca había "ejercido efectivamente" el cargo de directora suplente que tenía.

El fiscal Federico Delgado apeló esta resolución y ahora la Sala I de la Cámara Federal deberá decidir si la confirma.

El delito de negociaciones incompatibles, que se le imputaba a la Presidenta, prevé una pena de reclusión de uno a seis años y la inhabilitación perpetua para el funcionario que "se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo".

Argumentos

El juez afirmó en su fallo que para que haya delito "resulta indispensable la existencia de un negocio jurídico del cual se interese en forma desleal" el funcionario. "Un elemento fundamental -sostiene el escrito- que no existió en la corta vida societaria de El Chapel SA, que no efectuó una sola gestión comercial".

Martínez de Giorgi advirtió además que no hay peligro de que esto suceda porque la empresa fue disuelta, y citó una resolución del año pasado de la Oficina Anticorrupción, que dijo que la Presidenta podía conservar su cargo de directora suplente de la empresa siempre y cuando no lo ejerciera; con eso quedaba garantizado -según la Oficina Anticorrupción- que sus intereses privados no entrarían en conflicto con los que debe defender Cristina Kirchner como primera mandataria de la Nación.

La presidenta Cristina Kirchner fue acusada también de haber violado la ley de ética pública, que establece que los funcionarios deben "abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales".

Según su escritura de constitución, El Chapel tenía por objeto "la prestación de todo género de servicios de consultoría, estudio, inversión y asesoramiento en las ramas de la economía, finanzas, derecho, ciencias sociales, educación, administración y otras disciplinas a personas físicas o jurídicas del país o del extranjero".

Antes del sobreseimiento del juez, el fiscal había pedido que se investigara además la relación de los acusados con "el estudio contable de Manzanares y Montaner". Ellos son -según advirtió en su momento el fiscal Delgado- quienes se encargarían de los negocios del ex presidente Néstor Kirchner. Sus oficinas están en Alcorta 76, en la localidad santacruceña de Río Gallegos, domicilio que había registrado El Chapel.

Víctor Manzanares es el contador de los Kirchner, y como tal firmó las declaraciones juradas del matrimonio presidencial y participó en la realización del peritaje sobre el patrimonio de la Presidenta y de su marido que fue la base para que el juez Norberto Oyarbide los sobreseyera el 18 de diciembre pasado en el caso en el que se investigaba si, tal como se había denunciado, se habían enriquecido ilícitamente durante 2008.

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