Sobisch, a un paso de ir a juicio

Sobisch, a un paso de ir a juicio
El ex gobernador podría enfrentarse a la Justicia por la Zona Liberada. El TSJ rechazó pedidos de la defensa para anular el proceso. Tiene diez días para presentar un recurso extraordinario federal.
El ex gobernador Jorge Sobisch quedó a un paso del juicio oral y público por la causa de la Zona Liberada. La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó el pedido de inconstitucionalidad, la nulidad del proceso y el sobreseimiento del imputado. La elevación a juicio se producirá sólo por la acusación de la querella. La defensa tiene 10 días para presentar un recurso extraordinario federal que, de aceptarse, lo tiene que definir la Corte Suprema de la Nación, lo que prorrogaría la decisión por varios meses.

Sobisch está sometido a investigación por los hechos que ocurrieron en marzo de 2006, cuando obreros del sindicato UOCRA se enfrentaron con docentes en Plaza Huincul, sin presencia policial. El ex gobernador habría ordenado a las fuerzas de seguridad que no intervinieran en el enfrentamiento.

Debido a que el Ministerio Público Fiscal no acusó a Sobisch, Laura Cancela, abogada del ex gobernador sostuvo la inconstitucionalidad del Artículo 313 del Código de Procedimientos y manifestó que la elevación de una causa a juicio, sin que exista requerimiento fiscal, violenta garantías constitucionales tales como el debido proceso, la defensa en juicio y la imparcialidad.

Los abogados Ricardo Mendaña y Gustavo Palmieri, que representan a dos ex oficiales de policía, afirmaron en la última audiencia que no resultaron violentadas las garantías procesales del imputado y que la interpretación del Artículo 120 de la Constitución Nacional “es el reconocimiento de la autonomía funcional y la autarquía financiera del Ministerio Público, no el monopolio de la acción penal, lo cual es un concepto que tiene base en circunstancias históricas”.

Afirmaron también que el fallo apelado por la defensa de Sobisch posee sustento argumental bastante y que para ser descalificado debería haber padecido vicios graves o la ausencia de motivación, lo que no sucede. Al mismo tiempo afirmaron que Seguel y Morales tienen derechos en base a un concepto amplio de víctima, por lo que poseen debida legitimación para actuar en la causa en calidad de parte querellante.

Explicaciones del TSJ

El juez Guillermo Labate, autor del primer voto, se pronunció por declarar improcedente el recurso de casación. Señaló que la motivación de las decisiones judiciales se fundan en la necesidad de conocer el proceso lógico jurídico capaz de conducir al fallo y de controlar la aplicación del derecho, a la vez que permite constatar su razonabilidad.

Labate valoró la resolución del juez correccional uno y dijo que hizo una síntesis de la pretensión de la defensa y de los argumentos que ampararían su petición; mencionó la doctrina dimanante de un precedente de su propio tribunal, análogo al presente y que, a primera vista, entendería aplicable, y también desarrolló aquellos argumentos en particular.

“Por el contrario, la doctrina y la jurisprudencia más destacada enseñan que la falta de legitimación para querellar no puede promoverse al amparo de una nulidad absoluta, sino que debe incardinarse como una excepción de falta de acción. Los magistrados, asimismo, tampoco consideran que se haya producido la omisión de fundamentos que hacen a la alegada conversión de la acción penal de pública a privada. Se interpreta que la participación de la querella en estas especiales circunstancias responde a los estándares constitucionales; inquietud que, más allá de su acierto o error, se encuentra respondida por el magistrado de grado”.

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