Siete Palmas : El STJ avaló pase a planta permanente de agentes

Siete Palmas : El STJ avaló pase a planta permanente de agentes
El Tribunal provincial señaló que la medida no afecta el presupuesto municipal porque no se trató de un ascenso de categorí
El Superior Tribunal de Justicia convalidó el pase a planta permanente de quince empleados de la Comisión de Fomento de Siete Palmas y suspendió los efectos de un decreto posterior que había dejado sin efecto esta medida administrativa.

Frente a esta situación, los empleados damnificados recurrieron al STJ solicitando la suspensión del decreto N° 15 de fecha 13 de diciembre de 2011, mediante el cual el Departamento Ejecutivo de la Comisión de Fomento de Siete Palmas había declarado la nulidad de un decreto anterior, 162/11 de fecha 3 de octubre del mismo año, que disponía el pase a planta permanente de 15 agentes de dicha Comuna, en forma retroactiva al día 1 del mismo mes y año.

El jefe comunal manifestó que el decreto -que luego él suspendió- había dispuesto el pase a planta permanente a 15 personas, los que sumado a los agentes que ya se encontraban en esa situación, alcanzaban a un total de 73 agentes en planta permanente, superando en la cantidad de tres agentes, el total de cargos previstos por el presupuesto del año 2011.

Por su parte, el STJ señala en su fallo que los agentes designados en planta permanente ya se desempeñaban como empleados de la Comisión de Fomento desde hacía más de tres años, a quienes se les abonaba normalmente sus haberes. “Si a ello le sumamos que de las constancias de la causa no se desprende que los agentes designados en planta permanente hayan sido a la vez ascendidos, resulta evidente que el argumento de la afectación al erario comunal traído por la demandada, más allá de que debía ser acreditado siquiera mínimamente, carece de sustento serio y debe ser desestimado”, afirma el pronunciamiento de los ministros Héctor Tievas, Eduardo Manuel Hang, Ariel Gustavo Coll, Claudio Aguirre y Telma Bentancur.

Respecto al planteo de que el decreto 162 trasgrede el presupuesto comunal, el STJ advierte que al haberse dejado sin efecto la designación de quince personas, de las cuáles solamente tres de ellas excedían el límite fijado por el presupuesto del 2011, se impone como razonamiento lógico que doce personas se verían ilegítimamente afectado el derecho reclamado.

Y en este sentido, cabe advertir que el decreto que dejó sin efecto la medida no determina quienes son los doce agentes con mejor derecho al cargo de planta permanente y preservar el “status quo” ya reconocido a los mismos, lo que “hace presumir prima facie que el acto administrativo en cuestión adolece de un vicio de entidad tal que torna procedente la suspensión de sus efectos”, sostiene el STJ.

Ex empleados

Los trece empleados que habían sido despedidos “de manera injustificada” en diciembre del año pasado, entre los que había personal administrativo y obrero denunciaron que luego de que el fallo del Superior Tribunal de Justicia exigiera que fueran reintegrados a sus funciones, en la comuna no le permiten cumplir con sus trabajos.

Los empleados explicaron que en la jornada del último jueves, a los empleados de la categoría maestranza le dieron unos machetes para que limpiaran las calles e hicieran limpieza de veredas. También contaron que, a los siete administrativos le ordenaron barrer la plaza pero esos se negaron ya que es una función que no les corresponde.

“A cinco mujeres nos dieron escobas y a los hombres unos machetes pero no aceptamos ya que el estatuto dice que debemos cumplir nuestra función dentro del municipio o que nos afecten a una institución” afirmaron.

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