El endosulfán es un insecticida y acaricida organoclorado. Suele utilizarse con un agrotóxico que es el glisofato los cuales son altamente tóxicos en forma aguda.
Afirmaron que el endosulfán es un químico muy persistente el cual puede permanecer en al ambiente por largos períodos de tiempo, particularmente en medios ácidos y otros como su bioacumulación en peces, es toxico para anfibios y otros especies, va de suyo que también es altamente perjudicial para la vida humana.
Es utilizado para combatir insecto en soja, alfalfa, lino, tabaco y hortalizas, en Argentina esta catalogado como un producto muy peligroso.
El Ministerio de Salud de Nación, reconoció en un informe escrito que el químico tiene propiedades carcinogénicas para los humanos.
A través de la Resolución 511/11 publicada en el Boletín Oficial de la Nación , el Servicio Nacional de Sanidad Animal- SENASA- reglamentó la desaparición del endosulfán en la Argentina.
El titular del Organismo, Jorge Amaya, dispuso que desde el 1 de julio del año 2012 se prohíbe a todas las empresas importar este producto, que no se produce en el País, y les da permiso o autorización a las mismas hasta el 1 de julio del 2013 para comercializar los remanentes que tengan.
El endosulfán representa el 15% del volumen de insecticidas para el agro que se comercializa en la Argentina y el 7% del valor.
Se señalo que en la campaña 2010/11 se comercializaron 5,5 millones de litros de este producto; esto equivale al volumen que se requiere para cubrir unas 5 millones de hectáreas de soja.
En la última campaña se sembraron poco más de 18 millones de hectáreas con la oleaginosa y además este producto se utiliza también en los cultivos de algodón, cereales, frutales, vides y tabaco entre otros.
Los únicos que se opusieron a esta medida, que está en línea con las exigencias de las Naciones Unidas, fue la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes- CASAFE- , pues estas hubieran preferido que el SENASA les otorgara cinco años de gracia para vender el producto en lugar de dos años.
El Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, confirmó que todo esto será comunicado formalmente al Área pertinente de la Subsecretaria de Recursos Naturales Ordenamiento y Calidad Ambiental, a fin de que se adopten todos los recaudos de fiscalización necesarios en todo el ámbito del territorio de la Provincia de Formosa en relación a este producto y a otros que sean tóxicos para la salud psico- fisica de la Comunidad. y que también como medida preventiva se restrinja su uso en cercanías de cursos de agua.
El Ombudsman provincial, trajo a colación que en febrero pasado el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe dejo firme una Sentencia que limitó su utilización en la Localidad de San Jorge, la Sentencia remarco la existencia de la Ley General del Ambiente (25.675) y la aplicación del Principio Precautorio que indica que ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable, es necesario tomar medidas protectoras.

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