La Cámara Alta aprobó por unanimidad el proyecto de ley sobre femicidios en Argentina. Propone un agravamiento en las penas para los atacantes. También una modificación al Código Penal. Guastavino destacó la iniciativa.
A pesar de que cuente con la aprobación de diputados, lo cierto es que será remitida nuevamente a la Cámara de origen por las modificaciones introducidas durante el debate en comisión. En cuanto a las modificaciones que fueron introducidas, el senador entrerriano, Guillermo Guastavino explicó que “en las reuniones con la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG); representantes de la Defensoría Pública de la Nación y con integrantes de la ONG 'La Casa del Encuentro', surgió la idea de avanzar más allá del texto que tenía media sanción de la Cámara de Diputados y de los más de quince proyectos que había en la Comisión para modificar el artículo 80 y proponer que el femicidio fuera considerado un delito autónomo dentro de nuestro Código Penal agregando así, el artículo 80 bis”.
A su vez, en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL, el legislador consideró que “con esta incorporación se reconoce la problemática y se la visibiliza. La categoría teórica de femicidio ha surgido para hacer visibles y nombrar de una manera específica un amplio conjunto de muertes de mujeres que hasta ahora, engrosan indeterminadamente las estadísticas criminales”.
En tanto, Guastavino aclaró que “no necesariamente a través de la tipificación autónoma del femicidio, se va a reducir la cantidad de homicidios provocados por violencia hacia las mujeres si no hay una política judicial que aplique las leyes que sancionamos. Por eso es importante resaltar, que no puede existir un verdadero avance en la materia, sin un acompañamiento del Poder Judicial”.
Por último, el senador explicó que “con esta ley no sólo se incorporará al femicidio como delito autónomo sino que se agravan los delitos cometidos por odio a la orientación sexual o identidad de género. También se incorpora el 'homicidio vincular': en el que se mata a una persona con la intención de causar daño a otra. Finalmente la propuesta aprobada limita la posibilidad a los jueces de aplicar las circunstancias extraordinarias de atenuación cuando el homicida tuviera un historial previo de violencia de género”.
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