Segundo fallo contra la ley de glaciares

San Juan.- La decisión fue tomada por el juez federal Miguel Gálvez, quien dio lugar a la cautelar y con ello a la suspensión de la polémica ley. La empresa fue notificada de este fallo ayer.

La Justicia Federal de la provincia de San Juan volvió a dictaminar en contra de la polémica ley surgida del Congreso de la Nación el 20 de septiembre luego de un dudoso acuerdo entre el senador Daniel Filmus y el diputado Miguel Bonasso.

De acuerdo a lo que se supo el juez Miguel Ángel Gálvez, titular del Juzgado Federal Nº 1 de San Juan, suspendió la aplicación de seis artículos de la ley 26.639, para el ámbito de los emprendimientos mineros Veladero y Pascua Lama de esa provincia. Se trata de los artículos números 2, 3, 5, 6, 7 y 15. Estos son los mismos que suspendió cuando el magistrado dio su primer fallo contra la polémica ley.

De esta forma se da el segundo falló en contra de la polémica norma.

El primero salió el 2 de noviembre pasado cuando hizo lugar a una presentación hecha por cámaras empresariales y gremiales de la provincia de San Juan.

De esta forma, tal cual se había vaticinado desde la provincia, la norma se ha judicializado y ahora se tiene que definir en los estrados cual será el destino de la misma.

De todos modos, en la provincia hay una norma provincial que se encarga de la protección de los glaciares. Esta ley fue sancionada por unanimidad en la Cámara de Diputados de San Juan.

De acuerdo a lo publicado por medios nacionales las medidas cautelares fueron solicitadas por las empresas Minera Argentina Gold SA, Barrick Gold SA y Explotaciones Mineras Argentinas SA, a quienes el magistrado impuso una caución real de $500.000 para la primera y de $1.000.000 para las restantes.

Con esto sigue adelante la estrategia de judicialización de la norma, que sin dudas en su momento terminará definiéndose en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al analizar los artículos a los que apela el juez para suspender la norma, son los que en si manifiestan mayor ambigüedad por tratarse de las prohibiciones y la definición de lo que es el ambiente glaciar y periglaciar.

Según fuentes judiciales relacionadas con este tipo de apelaciones, la empresa Barrick Gold hizo una presentación similar un par de días después a la que hicieron las cámaras y los gremios. De todos modos esto se mantuvo en silencio hasta que se conoció la definición del juez Gálvez.

Se tiene que marcar que la empresa fue notificada de la decisión del magistrado en horas de la tarde por lo que había cierta tranquilidad a la hora de proyectarse en el trabajo que vienen haciendo en su mima de Veladero y en su proyecto binacional de Lama Pascua.

Así las cosas, el sector minero en general va consiguiendo su cometido que es lograr aclarar las ambigüedades de la norma para que cuando se haga una protección real de los glaciares se realice sin perjuicio de otros, enfatizaron desde el sector minero.

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