Satisface al INADI los cambios en el Código de Faltas

Se trata de la derogación de algunos artículos que tienen contenido discriminatorio.
El delegado del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), Julio Accavallo, expresó su satisfacción por la derogación en la última sesión de la Legislatura rionegrina de los artículos de contenido discriminatorio y violatorios de los derechos humanos del Código de Faltas de la provincia de Río Negro (Ley 532).

Resaltó que "es muy importante que la Legislatura haya avanzado en la derogación de los artículos que les solicitamos ya que este código contenía disposiciones que favorecían la discriminación, y resultaban un obstáculo para lograr una sociedad con respeto, promoción y valoración de las diversidades y plena vigencia de los derechos humanos".

Accavallo señaló que "este código no sólo estuvo históricamente orientado a disciplinar socialmente sino también a controlar políticamente y se hizo al amparo de un régimen autoritario como la dictadura de Onganía para la cual las fuerzas de seguridad constituyeron una herramienta esencial del aparato represivo".

"Mientras a nivel nacional se avanza en el matrimonio de personas del mismo sexo, el artículo 54 de este código planteaba que sería reprimido con multa de 4.000 pesos o arresto de hasta diez días el que se encontrare en lugar público con vestimentas contrarias a la decencia pública" ejemplificó el Delegado y agregó que "Evidentemente estos artículos le asignaban a la Policía de Río Negro el rol disciplinador y de control social de aquellas personas o grupos estigmatizados como ''peligrosos'' o ''sospechosos'' para la comunidad".

El Informe de Accavallo y presentado en la Legislatura provincial en el 2008 afirmaba que "una de las políticas prioritarias del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) es propiciar la derogación de la normativa que ostenta un espíritu directa o solapadamente discriminatorio y cuya aplicación por parte de los organismos estatales autorizados resulta claramente violatoria de los derechos fundamentales.

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