Con esto, los efectores locales deben garantizar el acceso a los abortos permitidos, y se prohíbe la exigencia de una autorización judicial para llevar adelante la práctica. De todos modos, se contempla la objeción de conciencia de los profesionales médicos, a título individual; pero no puede ser nunca institucional.
Por tal resolución, se produjo la adhesión adoptándose la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación, elaborada en el mes de junio del año 2010.
Si bien el Ministerio de Salud santafesino venía actuando acorde a lo enunciado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia, en relación al caso “AG sobre Aborto no Punible”, actualmente se encuentra en proceso de elaboración una guía provincial, que basada en la nacional, de cuenta de los procesos desarrollados en el Sistema de Salud provincial.
Así lo señaló el director provincial de Políticas de Género e Interculturalidad en Salud, Daniel Teppaz, precisando que “la guía nacional aprobada por este Ministerio no requiere de denuncia ante caso de violación”.
Además, recordó que la nueva normativa dispuesta por el ministro Cappiello “constituye una herramienta más que profundiza las garantías al derecho a la salud de las mujeres, en consonancia en este caso, con el fallo de la Corte Suprema de la Nación”.
Hasta ahora, el ministerio de Salud actuaba de acuerdo “a lo enunciado en el fallo de la Corte Suprema” nacional que rechaza la penalización de abortos en casos de violación. Y mientras el Ministerio de Salud de la Nación se abstiene de firmar una resolución similar, el gobierno de Antonio Bonfatti comienza a hacer realidad esta medida en la provincia.
Con esto, los efectores locales deben garantizar el acceso a los abortos permitidos, y se prohíbe la exigencia de una autorización judicial para llevar adelante la práctica. De todos modos, se contempla la objeción de conciencia de los profesionales médicos, a título individual; pero no puede ser nunca institucional.
La guía interpreta las excepciones previstas en el artículo 86 del Código Penal, y establece la forma de garantizarlas en los centros de salud.
REPERCUSIONES
La resolución del gobierno santafesino fue saludada por organizaciones defensoras de los derechos de la mujer y por legisladores de la oposición, como los concejales del bloque del Frente para la Victoria-PJ de Rosario. Los ediles kirchneristas Roberto Sukerman y Norma López remarcaron que “el derecho de las mujeres de acceder a los abortos previstos por el Código Penal constituye propiamente un derecho humano de orden constitucional”. Así, señalaron, “se evitarán objeciones institucionales y se garantizará que todos los centros de atención sanitaria de la provincia la apliquen”.
"La de Santa Fe es la legislación provincial más avanzada en el país. Esta resolución apoya la ley nacional y la respeta", resaltó a Rosario 12 Nora Redondo, directora provincial por la Salud de la Niñez y Adolescencia Sexual y Reproductiva, sobre los casos contemplados dentro de la normativa.
Para Redondo, con esta medida, "se da un marco más amplio a una práctica cotidiana", que contempla una seguimiento prolongado pre y post aborto. Además, la funcionaria aseguró que los casos se dan en toda la provincia, aunque indicó que la mayoría de las intervenciones se realizan en Rosario y Santa Fe debido a la complejidad existente en estas dos ciudades. Por eso, hay casos que se derivan para asegurar "mejores condiciones".
Al mismo tiempo, la titular del Instituto Provincial de Género, Mercedes Martorell, reflexionó: "todas las medidas que tengan que ver con igualar los derechos son de una enorme necesidad. No es que uno alienta el aborto, pero está claro que necesitamos que las mujeres que precisan esa práctica puedan acceder a ella: de eso se trata la ley y hay mucho prejuicio. El hecho que se acompañe un proceso de conocimiento social es muy importante".



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